Disposición N° 471/DGSPR/19

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición27 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 471/DGSPR/19
Buenos Aires, 20 de noviembre de 2019
VISTO: La Ley N° 5688/16 (B.O. N° 5030) y N° 6067/18 (B.O. 5524) y los Decretos N°
446/06 y N° 394/14, las Disposiciones N° 138-DGSSP/2004, N° 300-DGSSP/2005, N°
259-DGSP/2006, N° 224-DGSPR/2008, N° 359-DGSPR/2010, N° 094-DGSPR/2013,
N° 245-DGSPR/2015, 361-DGSPR/2017 y la Carpeta E408399, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa LOW RISK GROUP S.R.L. con domicilio real en la calle Carbonari N°
409, Ezpeleta, Provincia de Buenos Aires y constituido en Av. Bernardo de Irigoyen N°
546, Piso 6°, Dpto. “A“, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha sido habilitada
oportunamente para prestar servicios de seguridad privada en Jurisdicción de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposición Nº 138-DGSSP/2004
Que venciendo el plazo de su última habilitación el día 26/10/2019, la interesada
solicitó su renovación en las categorías establecidas por la Ley N° 5688 en su Artículo
439, sin autorización de uso de armas de fuego: Punto 2, Inciso a) y, c);
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo
establecen los Arts. 450, punto 3, y 461, punto 1, de la Ley N° 5688;
Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en
los términos del Art. 458 y concordantes de la mencionada Ley, al señor Iglesias Omar
Alberto con D.N.I. Nº 16.831.389.
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
N° 5688 para concederle la renovación de su habilitación como prestadora de servicios
de seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para otorgarle
el alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I
Artículo 177 Punto 18, de la Ley 6067, por lo que corresponde el otorgamiento de la
renovación de la habilitación por el plazo de dos años contados a partir del día de la
fecha;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPONE
Artículo 1°.- Renuévese a partir del día de la fecha, y por el término de dos años, la
habilitación concedida a la empresa LOW RISK GROUP S.R.L, para prestar servicios
de seguridad privada en las categorías establecidas por la Ley N° 5688 en su Artículo
439, Punto 2- Servicios sin autorización de uso de armas de fuego - Incisos a) Los de
vigilancia privada en lugares fijos con acceso al público y, c) Los de vigilancia privada
de lugares fijos privados o edificios de propiedad horizontal.
Artículo 2º.- La renovación de la habilitación otorgada para un próximo período, deberá
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5750 - 27/11/2019

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