Disposición N° 47/DGEVYA/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 5 de Octubre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 47/DGEVYA/21
Buenos Aires, 30 de septiembre de 2021
VISTO: La Ley Nº 6.292, los Decretos N° 433-GCABA/16 y su modificatorio N° 225-
GCABA-2021, N° 463-GCABA/19, el Expediente Electrónico Nº 26154136- -GCABA-
DGEVYA/21, y
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación citada en el Visto, tramita el reconocimiento del gasto
correspondiente al “Despeje de Luminarias del alumbrado público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires realizadas durante el mes de abril de 2021”;
Que, mediante la Ley Nº 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires, creándose la estructura orgánico funcional del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, por Decreto Nº 463-GCABA/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional del Poder Ejecutivo, contemplándose bajo la órbita de la Jefatura de
Gabinete de Ministros, a la Dirección General de Espacios Verdes y Arbolado
dependiente, asimismo, de la Subsecretaría de Gestión Comunal y de la Secretaría de
Atención Ciudadana y Gestión Comunal;
Que, la Gerencia Operativa Proyectos Especiales, dependiente de la Dirección
General de Espacios Verdes y Arbolado, tiene entre sus funciones “Realizar las
intervenciones en el arbolado público urbano lineal o viario que obedezcan a razones
de seguridad pública para el despeje de cámaras de seguridad y/o luminarias en la vía
pública...”;
Que, mediante el Decreto N° 433-GCABA/16 y su modificatorio N° 225-GCABA-2021,
se establecieron los niveles de decisión y cuadro de competencias para los actos
administrativos de ejecución presupuestaria para la gestión descentralizada en las
jurisdicciones y entidades del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que, entre estas competencias se encuentra la aprobación de gastos para
“operaciones impostergables que aseguren un servicio o beneficio inmediato para la
Ciudad y que deban llevarse a cabo con una celeridad y eficacia que impida realizar
otro procedimiento previsto en la normativa vigente”;
Que, la necesidad de intervenir surge en razón de la existencia de ramas
correspondientes al arbolado público que obstaculizan y disminuyen la luminosidad en
la vía pública, calles, parques y paseos, es de carácter sumamente esencial y urgente
ya que resulta imprescindible y urgente realizarlas en pos de evitar un potencial peligro
para los vecinos y todas aquellas personas que circulan a diario por la Ciudad;
Que, asimismo, la mentada Gerencia ha manifestado que el servicio de Despeje de
luminarias no se encuentra definido como servicio exigible a las empresas adjudicadas
en el marco de la Licitación Pública N° 156/SIGAF/2019 que tiene por objeto la
contratación del “Servicio de mantenimiento integral del arbolado público lineal o viario
y demás servicios conexos de las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires“,
por lo que resultó necesario y urgente la realización de las mismas fuera del marco de
dicha contratación;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6229 - 05/10/2021

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