Disposición N° 462/DGIUR/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición 7 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 462/DGIUR/19
Buenos Aires, 22 de abril de 2019
VISTO: El Expediente Nº 8.718.181/2019 por el que se consulta sobre la factibilidad
de localizar el uso: "Restaurante, cantina; Casa de lunch; Café bar; Despacho de
bebidas, whiskería, cervecería; Casa de comidas, rotisería" para el inmueble sito en la
calle Lavalle Nº 1318 P.B.-EP-UF Nº 5, con una superficie a habilitar de 109.69m², y
CONSIDERANDO:
Que el predio en cuestión, se encuentra emplazado en el área APH 31- Entorno Plaza
Lavalle del Código Urbanístico Ley 6.099/2018. El inmueble se encuentra Catalogado
con Nivel de Protección Estructural-Ley Firme 3934-de fecha 06/10/2011;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
10755267-DGIUR-2018, hace saber que según el capítulo 3.1. Usos del Suelo Urbano
y su Clasificación. “En el Cuadro de Usos del Suelo N° 3.3 se consignan las
Categorías, Descripciones y Rubros, así como las restricciones que condicionan los
mismos en cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según
corresponda a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la
Ciudad.“;
Que, de acuerdo a lo establecido en el parágrafo 3.7.28. APH31 - Entorno Plaza
Lavalle del Código Urbanístico, para el capítulo “5.2. APH31) Usos en Inmuebles no
Catalogados: Los inmuebles del área no comprendidos en el N° 5526 - 27/12/2018
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires 178 Listado de Inmuebles
Catalogados Área APH31 Entorno Plaza Lavalle, se regirán por las normas de uso
correspondientes al Área de Alta Mixtura de Usos de Suelo (4)“;
Que, en el Cuadro de Usos del Suelo Nº 3.3 del Código Urbanístico para el área de
mixtura 4, los usos solicitados: "Restaurante, cantina"; "Casa de lunch"; "Café bar";
"Despacho de bebidas, whiskería, cervecería" y "Casa de comidas, rotisería" se
encuentran contemplados en la descripción "1.5.Alimentación en general y
gastronomía" se indica "SI" (Permitido en el Área de Mixtura de Usos) con la referencia
"26" para estacionamiento (Salón de 150m2 o más: 20%, como mínimo, de la
superficie total del salón) y en Observaciones (Si cuenta con envío a domicilio debe
cumplir también con referencia 38 de EST. Donde se sirven y/o expenden bebidas y/o
comidas para consumo en el local o para envío a domicilio con atención de público
(restaurante, café, bar, etc.). No incluye música y canto, espectáculos en vivo, etc." y
para Bici con el numeral "b" (Salón de 150m² o más: 30%, como mínimo, de la
cantidad de los módulos de estacionamientos);
Que, respecto al estacionamiento, con la referencia "26" y para "Bici" la referencia "b",
como el salón tiene una superficie menor a 150m² no es obligatorio su cumplimiento y
sin envió a domicilio según nota en Plano de uso (Nº de Orden 6);
Que, desde el punto de vista del patrimonio urbano, esta Gerencia Operativa Usos del
Suelo, considera que los usos solicitados no originan impactos relevantes en el
inmueble Catalogado ni en el APH 31;
Que, por lo expuesto se accede al visado del uso "Alimentación en General y
gastronomía" para el inmueble sito en la calle Lavalle Nº 1318 P.B.-EP-UF Nº 5, con
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5611 - 07/05/2019

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