Disposición N° 459/DGCYC/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición16 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 459/DGCYC/19
Buenos Aires, 10 de mayo de 2019
VISTO: La Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), su Decreto
Reglamentario N° 326/17 , el Expediente Electrónico N°14480267/GCABA/DGCYC/19,
y
CONSIDERANDO:
Que la Ley citada en el visto establece los lineamientos básicos que deben observarse
en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios del sector
público de la Ciudad;
Que por Expediente Electrónico Nº 04336360-MGEYA-DGCYC-2017 tramitó bajo la
modalidad de "Convenio Marco de Compras" el Proceso Nº 623-0213-LPU17, para la
adquisición de Cartuchos, Tóner y afines con destino a las áreas dependientes del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco del citado proceso resultaron adjudicatarias distintas empresas entre
las que se encuentra CPT INTEGRAL S.A.;
Que el Convenio Marco rige a partir del 06 de Noviembre de 2017 con una vigencia de
doce (12) meses, Convenio Marco N° 623-66-CM17 (CONVE-2017-29748756-
DGCYC), siendo prorrogado por Resolución N° 2018-2188-MEFGC por otros 6 (seis)
meses a partir del 06/11/18 (PV-2018-32545348-DGCYC), dando lugar al Convenio
Marco N° 623-76-CM18;
Que la Junta Comunal N° 9 emitió la Orden de Compra N° 9109-3534-OC19 a favor de
CPT INTEGRAL S.A. (IF-2019-14755156-DGCYC);
Que dicha Comuna solicita mediante Nota N° NO-2019-12089095-GCABA-COMUNA9
anular la Orden de Compra N° 9109-3534-OC19, de fecha 25/03/2019, perfeccionada
automáticamente el día 29/03/2019, generada por el proceso de compra N° 623-0213-
LPU17, indicando que intimó a la adjudicataria para que cumpliera con la entrega de
los renglones comprados, quien les informó que por inconvenenientes en la
implementación del Acuerdo Marco solicitaron darse de baja del mencionado acuerdo;
Que la comunicación recepcionada originó el Expediente Electrónico N°
14480267/GCABA/DGCYC, por el que tramita la rescisión y respectiva penalidad de la
Orden de Compra N° 9109-3534-OC19 emitida a favor de CPT INTEGRAL S.A.;
Que la firma CPT INTEGRAL S.A. realizó ante esta Dirección General diferentes
presentaciones (RE-2018-27542819-DGCYC, RE-2018-32840543-DGCYC y RE-2018-
32854029-DGCYC), las que dieron lugar al Expediente Electrónico N° EX-27540866-
/DGCYC/2018, por el cual se solicitó a la Procuración General su intervención como
Órgano Legal para que efectúe el pertinente análisis jurídico de lo solicitado por la
empresa;
Que la Procuración General se pronuncia (IF-2019-09483868-GCABA-PGAAFRE)
sosteniendo que "es mi parecer que no corresponde acceder a la solicitud de
modificación de los índices de actualización de precios solicitada por CPT Integral SA
en el marco de la Licitación Pública N° 623-0213-LPU17". Dicho Dictamen fue
notificado a la adjudicataria en fecha 04/04/19 mediante Cédula de Notificación N°
478-03-19 (PV-2019-10561915-DGCYC).
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5618 - 16/05/2019

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