Disposición N° 451-DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición 9 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 451/DGIUR/18
Buenos Aires, 23 de marzo de 2018
VISTO:
La Nota Nº 2017-27168966-DGTALET, por medio de la cual se pone en consideración
la factibilidad del uso del estacionamiento emplazado entre el Centro de Exposiciones
y Convenciones (CEC) y la Facultad de Derecho de la UBA, otorgado oportunamente
mediante Convenio de Permiso de Uso Precario entre la Dirección General de
Administración de Bienes y Concesiones del Ministerio de Modernización, Innovación y
Tecnología y la Empresa BREWDA Construcciones SACIF , por otra parte, la Nota N°
8779965-DGTALET-2018 por la que se reitera el pedido anteriormente citado y
asimismo, se consulta sobre la ampliación del servicio de “Restaurante“ como uso
complementario del rubro principal a desarrollarse en el Centro de Exposiciones y
Convenciones (CEC), sito en Av. Figueroa Alcorta 2031, 2051 y 2099, de la CABA.,
con una superficie total cubierta de 20969,53m² y una superficie total descubierta de
1040,60m², y
CONSIDERANDO:
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
08837873-DGIUR-2018, indica que se solicita que nos expidamos con la emisión de
un acto administrativo respecto de dos cuestiones: en primer lugar respeto de lo
oportunamente indicado en relación con los estacionamientos que fueran otorgados
por Convenio de Permiso de Uso Precario y Oneroso por la Dirección General de
Administración de Bienes y Concesiones del Ministerio de Modernización, Innovación y
Tecnología y, por otra parte, respecto de la factibilidad de ampliación del servicio de
Restaurante como uso complementario del rubro principal;
Que se hace notar en primera instancia que si bien los estacionamientos, como se
manifestó oportunamente, fueron otorgados con carácter precario hasta la
confirmación de la traza de la autopista ILLIA, los mismos resultan suficientes y
cumplirían con lo requerido para el conjunto;
Que respecto al uso complementario de "Restaurante", se informa que se podrá
desarrollar dentro del CEC y sin acceso directo desde la vía pública un sector
gastronómico que sirva de apoyo en aquellas ocasiones en que se desarrollen
exposiciones y/o eventos en el CEC, aclarándose que, por resultar de carácter
complementario, sólo podrá funcionar en dichas circunstancias;
Que la superficie total cubierta del CEC sería de 20.969,53m2, siendo la sumatoria de
19776.50m2 de superficie cubierta, más 1193,03m2 de superficie semicubierta; y la
superficie total descubierta de 1040,60m2.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorizase desde el punto de vista urbanístico la localización del uso:
"Restaurante" como actividad complementaria del rubro principal a desarrollarse en el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5349 - 09/04/2018

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