Disposición N° 450/DGABS/20

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición 9 de Junio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 450/DGABS/20
Buenos Aires, 22 de julio de 2020
VISTO: La Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.017) el Decreto Nº 168-
GCABA/19 y Decreto Modificatorio Nº 207-GCABA/19, Decreto Nº 463-GCABA/19 y
sus modificatorios, la Disposición N° 415-GCABA-DGABS/2020, el Expediente
Electrónico Nº 15.445.837/GCABA-DGABS/2020, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la actuación citada en el Visto, tramitó la Adquisición de Atracurio
Besilato con destino a los Hospitales dependientes del Ministerio de Salud del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ello a través del Sistema
Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires denominado Buenos Aires Compras (BAC), que comprendió la
adquisición de: Renglón N° 1 CIENTO VEINTE MIL (120.000) unidades de
ATRACURIO BESILATO De 50 mg (como besilato), inyectable, en ampolla x 5 ml, uso
endovenoso;
Que mediante Disposición N° 415-GCABA-DGABS/2020 fue aprobada la Contratación
Directa BAC Nº 401-0839-CDI20, en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo
28, inc. 2) de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado Ley N° 6.017) y su reglamentación
Decreto N° 168-GCABA/19 y su modificatorio Decreto Nº 207-GCABA/19, emitiéndose
en consecuencia las Órdenes de Compra N° 401-6777-OC20 DOCE MIL (12.000)
unidades del Renglón N° 1 a favor de la firma LABORATORIOS RICHMOND
S.A.C.I.F. y N° 401-6778-OC20 CIENTO OCHO MIL (108.000) unidades del Renglón
N° 1 a favor de la firma SOLDIST S.R.L.;
Que el atracurio besilato es un medicamento que revisten el carácter de esencial y
necesario para uso en pacientes internados en las Unidades de Terapia Intensiva de
los Hospitales dependientes del Ministerio de Salud;
Que debido al contexto de la pandemia COVID-19, las cantidades consumidas se han
incrementado conforme lo evaluado por los jefes de terapia intensiva y especialistas
en la materia;
Que por esta actuación y al solo efecto de garantizar el correcto y oportuno
abastecimiento, la Directora General Abastecimiento de Salud entiende que resulta
conveniente hacer lugar a la ampliación de las Órdenes de Compra mencionadas;
Que las entregas realizadas por las empresas LABORATORIOS RICHMOND
S.A.C.I.F. y SOLDIST S.R.L. al momento han resultado satisfactorias, por lo cual se
entendió que resulta conveniente hacer lugar a la ampliación de mención;
Que se solicitó conformidad a las mencionadas firmas, quienes manifestaron la misma
a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones BAC;
Que por Decreto Nº 1.353-GCABA/08 se creó la Unidad de Proyectos Especiales
(UPE), con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), en el
ámbito de los Ministerios de Salud y Hacienda, teniendo a su cargo la coordinación,
agrupamiento, dirección y gestión de los procesos de contratación centralizados de
bienes y servicios que requieran los efectores del sistema de salud a solicitud de los
Directores Médicos de dichos efectores;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6144 - 09/06/2021

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