Disposición N° 4445-DGDYPC/16

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 8 de Enero de 2018

DISPOSICIÓN N.° 4445/DGDYPC/16

Buenos Aires, 13 de diciembre de 2016

VISTO

EI.E.E. Nº 38834817-MGEYA-DGDYPC-2015, y;

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a las facultades conferidas por el articulo 17 y siguientes de la Ley N° 941, se iniciaron los presentes actuados ante la denuncia de la Señora Godoy, Nélida Silvana contra el Señor Zuccarino, Sergio Armando por presunta infracción a la Ley N° 941;

Que el 11 de noviembre de 2013 se presenta la denuncia impetrada por la señora Godoy, por medio de la cual manifiesta que el requerido en su carácter de administrador del Consorcio de Copropietarios del edificio sito en la Moreno 2518 de esta Ciudad, habría ejercido su actividad en infracción a la Ley Nº 941; Que junto con la denuncia, la presentante acompaña prueba documental;

Que en base a las constancias de autos se ordena la instrucción de sumario contra el requerido y se formula imputación por presunta infracción tipificada en el artículo 15 inciso. a); artículo 9 incisos. h), l) y artículo 10 inciso a), b), c), d), e), f), i) de la Ley Nº 941;

Que debidamente notificado mediante cédula Nº 9393-DGDyPC-2016, el día 12 de mayo de 2016, el sumariado no presenta descargo;

Que no existiendo prueba pendiente de producción, se dan por concluidas las diligencias sumariales y se ordena el pase de autos a resolver;

Que el artículo 15 inciso a) Indica: "Infracciones, Son infracciones a la presente ley: a) El ejercicio de la actividad de administrador de consorcios de propiedad horizontal sin estar inscripto en el Registro creado por la presente ley, con excepción de lo dispuesto en el artículo 3 (...)";

Que a fin de valorar correctamente esta imputación, debe tenerse en cuenta que el artículo 2 de la Ley Nº 941 establece: "Obligación de inscripción: La administración de consorcios no puede ejercerse a título oneroso ni gratuito sin la previa inscripción en el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal";

Que la infracción a la Ley Nº 941 se fundó en el hecho de que el denunciado habría ejercido la actividad de administrador del consorcio de propiedad horizontal, ubicado en la calle Moreno N°2518 de esta Ciudad, sin estar inscripto en el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal...Sin embargo, y tal como surge de las liquidaciones de expensas con la descripción "...Administrador Dr. Sergio A. Zuccarino...Total de Gastos Efectuados..." presentadas en la denuncia, habría ejercido la administración del Consorcio de Propietarios Calle Moreno 2518 de esta ciudad, durante los períodos Junio/Julio/ Agosto/Noviembre 2013, sin haber estado inscripto en ese lapso en el registro mencionado. Asimismo surgiría de las mismas el cobro de "Honorarios de Administración" en su...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR