Disposición N° 4436/DGHP/21

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición13 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
DISPOSICIÓN N4436/DGHP/21
Buenos Aires, 20 de abril de 2021
VISTO: LA LEY 5641/2016, LA RESOLUCIÓN N°2/AGC/2017, Y EL EXPEDIENTE
Nº07615677 /2021, Y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Nº07615677 /2021, el Sr. LUCAS GUTIERREZ O'FARRELL ,
CUIT Nº 20-35970758-5 , solicita la inscripción en el Registro Público de Productores
de Eventos Masivos (Registro Productores);
Que el art. 4º de la Ley 5641/2016 crea el Registro Público de Productores de Eventos
Masivos en el ámbito de la Agencia Gubernamental de Control;
Que la Resolución 2/AGC/2017 reglamentó la norma citada precedentemente,
aprobando el reglamento y estableciendo el funcionamiento del Registro de
productores en el ámbito dela Subgerencia Operativa Registros;
Que la inscripción en el Registro de Productores autoriza al titular a solicitar permisos
especiales para el desarrollo de eventos masivos entendiéndose como tales a los
espectáculos públicos y diversiones públicas de carácter eventual enpredios no
habilitados para tal fin;
Que de la documentación agregada a las presentes actuaciones se desprende el
cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente aplicable al presente
trámite;
Que el periodo de vigencia de la inscripción en el Registro de Productores es de un
año (1) a partir de la firma del acto administrativo y caduca de pleno derecho y sin
necesidad de intimación previa;
Que la Resolución 2/AGC/2017 estableció un régimen de permanencia, la suspensión,
la baja del Registro y eventual inhabilitación el Registro de Productores, conforme el
artículo Nº 7;
Que con motivo de la aplicación del régimen de sanciones ante el incumplimiento de lo
dispuesto en el art. 7º, el productor suspendido no podrá ejercer la actividad hasta
cumplido el plazo de la suspensión;
Que, elsolicitantedeberá mantener vigentes todos los certificados, constancias y
demás documentación presentada en este acto hasta el vencimiento de la presente
inscripción, bajo apercibimiento encaso de incumplimiento, de suspender, sin
intimación previa y de manera inmediata, la inscripción en este Registro;
Que la Subgerencia Operativa Registros y la Gerencia Operativa Registros y Permisos
evaluaron las actuaciones y conforme surge del informe p recedente se desprende que
el solicitante ha dado cumplimiento a lo establecido con el dispuesto en la Resolución
N°2/AGC/2017;
Que la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado la intervención que le compete
mediante el IF-2021-11725744-AGC conforme lo establecido por la Resolución
66/AGC/2013.
Por ello y en uso de las facultades que le son propias;
EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6123 - 13/05/2021

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