Disposición N° 442/DGCYC/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición16 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 442/DGCYC/19
Buenos Aires, 8 de mayo de 2019
VISTO: La Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su Decreto
Reglamentario N° 326/17 , el Expediente Electrónico N°
14219639/GCABA/DGCYC/19, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley citada en el visto establece los lineamientos básicos que deben observarse
en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios del sector
público de la Ciudad;
Que por Expediente Electrónico Nº 04336360-MGEYA-DGCYC-2017 tramitó bajo la
modalidad de "Convenio Marco de Compras" el Proceso Nº 623-0213-LPU17, para la
adquisición de Cartuchos, Toner y afines con destino a las áreas dependientes del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco del citado proceso resultaron adjudicatarias distintas empresas entre
las que se encuentra CPT INTEGRAL S.A.;
Que el Convenio Marco rige a partir del 06 de Noviembre de 2017 con una vigencia de
doce (12) meses, 623-66-CM17 (CONVE-2017-29748756-DGCYC), siendo prorrogado
por Resolución N° 2018-2188-MEFGC por otros 6 (seis) meses a partir del 06/11/18
(PV-2018-32545348-DGCYC), dando lugar al CM 623-76-CM18;
Que LS1 Radio de la Ciudad y FM 2x4 de la Secretaría de Medios emitió la Orden de
Compra N° 2500-14698-OC18 a favor de CPT INTEGRAL S.A. (IF-2019-14030184-
DGCYC);
Que la Dirección General de Radio de la Ciudad dependiente de Jefatura de Gobierno
solicita mediante Nota N° NO-2018-29725065-LS1 la anulación de la Orden de
Compra debido a que el adjudicatario les comunica que no va a hacer efectiva la
entrega de los ítems incluidos en la Orden de Compra;
Que la comunicación recepcionada originó el Expediente Electrónico N° 2019-
14219639-GCABA-DGCYC, por el que tramita la rescisión y respectiva penalidad de la
Orden de Compra N° 2500-14698-OC18 emitida a favor de CPT INTEGRAL S.A.;
Que la firma CPT INTEGRAL S.A. realizó ante esta Dirección General diferentes
presentaciones (RE-2018-27542819-DGCYC, RE-2018-32840543-DGCYC y RE-2018-
32854029-DGCYC), las que dieron lugar al Expediente Electrónico N° EE-27540866-
/DGCYC/2018 por el cual se solicitó a la Procuración General su intervención como
Órgano Legal para que efectúe el pertinente análisis jurídico de lo solicitado por la
empresa;
Que la Procuración General se pronuncia (IF-2019-09483868-GCABA-PGAAFRE)
sosteniendo que "es mi parecer que no corresponde acceder a la solicitud de
modificación de los índices de actualización de precios solicitada por CPT Integral SA
en el marco de la Licitación Pública N° 623-0213-LPU17". Dicho Dictamen fue
notificado a la adjudicataria en fecha 01/04/19 mediante Cédula de Notifcación N° 478-
03-19 (PV-2019-10561915-DGCYC);
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo Nº 9º.- Facultades y
obligaciones del Órgano Contratante- de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N°
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5618 - 16/05/2019

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