Disposición N° 440/DGFSCIV/21

EmisorMinisterio de Desarrollo Humano y Hábitat
Fecha de la disposición13 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 440/DGFSCIV/21
Buenos Aires, 12 de mayo de 2021
VISTO: La Ley N° 6.292, el Decreto N° 463/19 y modificatorios, el Decreto Nº
956/2009 y su modificatorio Nº 329/2011, la Resolución Nº 102-GCABA-MHYDHGC-
2021 y su modificatoria Resolución Nº 287-GCABA-MHYDHGC-2021, el Expediente
N° EX-2021-6866959 -MGEYADGFSCIV, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, y contempló entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al
Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, asignándole entre los objetivos de gestión
el de diseñar e implementar políticas, planes y programas para la promoción y
protección de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales,
comunitarios, humanos y los derechos de incidencia colectiva en general, integrando
otros organismos estatales y organizaciones de la sociedad civil;
Que por Decreto N° 463/19 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, contemplándose en la órbita del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat a la
Subsecretaría de Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario, entre cuyas
responsabilidades primarias se consigna la de fortalecer a los grupos familiares,
comunitarios e institucionales en situación de pobreza, indigencia y vulnerabilidad
social como estrategia de prevención a través de su apoyo y fortalecimiento brindando
herramientas que impidan la vulneración de sus derechos;
Que, bajo la órbita de la antedicha Subsecretaría se encuentra la Dirección General
Fortalecimiento de la Sociedad Civil, entre cuyas responsabilidades primarias se
estableció la de fortalecer la gestión de las organizaciones de la sociedad civil, a
través del asesoramiento técnico y jurídico, del apoyo a proyectos de capacitación,
investigación y producción de materiales, implementación y gestión asociada,
orientando a tal efecto las temáticas a las diversas áreas del Ministerio y Promover la
participación ciudadana a través del voluntariado, facilitando los mecanismos de
convocatoria, incorporación y reconocimiento de los mismos y en coordinación con las
áreas correspondientes;
Que mediante Decreto Nº 956/2009 se creó, bajo la órbita de la entonces
Subsecretaría de Promoción Social -actual Subsecretaría de Fortalecimiento Personal,
Familiar y Comunitario-, el “Programa Fortalecimiento a Organizaciones de la
Sociedad Civil” con el objeto de brindar apoyo a través de subsidios a las
Organizaciones de la Sociedad Civil orientadas a la satisfacción de necesidades
sociales de la población vulnerable de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en virtud de procurar la operatividad de cada convocatoria, por Decreto Nº
329/11 se modificó el artículo 6º del Anexo del Decreto Nº 956/09, quedando facultado
al entonces titular del Ministerio de Desarrollo Social, hoy -Ministerio de Desarrollo
Humano y Hábitat-, a fijar los requisitos a cumplimentar por las Organizaciones
postulantes, como así también aquellos requisitos que se fijen en las Bases y
Condiciones que rijan la convocatoria;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6123 - 13/05/2021

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