Disposición N° 44-HGAP/18

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición13 de Marzo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 44/HGAP/18
Buenos Aires, 6 de marzo de 2018
VISTO:
el Expediente Electrónico N° 2018-04341227-MGEYA-HGAP, La ley 2095 (texto
consolidado por Ley Nº 5666), y el Decreto Reglamentario N° 326/17, y;
CONSIDERANDO:
Que, por los presentes actuados, se gestiona la adquisición de nitrógeno líquido y
anhídrido carbónico, con destino al Hospital Gral. De Agudos Dr. J. M. Penna, en el
marco de lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley 2095 (texto consolidado por Ley Nº
5666);
Que, se efectuaron las afectaciones preventivas correspondientes para hacer frente a
la erogación en cuestión conforme Solicitud de Gasto 425-463-SG18;
Que, mediante DI-2018-44-HGAP se dispuso el llamado a Licitación Pública - Proceso
de Compra N° 425-0132-LPU18, estableciendo como fecha de apertura de ofertas el
16/02/2018 a las 10:30 hs., a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y
Contrataciones, Buenos Aires Compras (B.A.C.);
Que, habiendo tenido lugar el acto de apertura, el Sistema Buenos Aires Compras
(B.A.C.), confirmó dos (2) ofertas correspondientes a las firmas: Gases Comprimidos
S.A. y Grupo Linde Gas Argentina S.A.;
Que, la Comisión de Evaluación de Ofertas con sustento en las constancias del
sistema aconsejó adjudicar la contratación de marras a favor de las firmas: Gases
Comprimidos S.A. (Renglón N° 1) por la suma de Pesos: diecisiete mil novecientos - $
17.900,00 y Grupo Linde Gas Argentina S.A. (Renglón N° 2) por la suma de Pesos:
treinta y cuatro mil seiscientos doce con cincuenta centavos - $ 34.612,50, por cumplir
y reunir la totalidad de los requisitos exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones
Particulares y Especificaciones Técnicas, resultando ser la más conveniente al interés
de la Administración;
Que, la Pre Adjudicación fue publicada y notificada mediante el procedimiento previsto
por el sistema Buenos Aires Compras (B.A.C.), no surgiendo del sistema la
presentación de impugnaciones;
Que, se han efectuado las afectaciones presupuestarias pertinentes;
Que, la Gerente Operativa de Gestión Administrativa Económico Financiera se
encuentra en uso de licencia: "Descanso anual remunerado" prevista en el artículo 18
de la Ley 471, por lo que corresponde encuadrar la presente en las previsiones de la
Resolución Nº 180-MSGC-2012, Art. 1º;
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por la Ley N° 2095 (texto consolidado
por Ley Nº 5666) y el Decreto Reglamentario N° 326/17,
LA GERENTE OPERATIVA
GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA FINANCIERA DEL HOSPITAL
GENERAL DE AGUDOS "PARMENIO PIÑERO" Y EL DIRECTOR DEL HOSPITAL
GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSE M. PENNA",
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5333 - 13/03/2018

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