Disposición N° 44/DGEGP/22

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición28 de Julio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 44/DGEGP/22
Buenos Aires, 17 de marzo de 2022
VISTO: La Ley N° 621, el Decreto N° 1089/02 y el EX-2022-10445292-GCABA-
DGEGP, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente del visto la Escuela Infantil “Jardín Maternal Stella Maris”
(1131R) solicita la inactivación de su inscripción en el Registro de Instituciones
Educativo Asistenciales creado por Ley N° 621 y reglamentado por el Decreto N°
1089/02;
Que la entidad educativo asistencial justifica su pedido en la imposibilidad de concretar
el inicio de actividades en el ciclo lectivo 2022 debido a las consecuencias económicas
en el marco de la pandemia por COVID-19;
Que la Ley Nacional Nº 27.541, declaró la emergencia pública en materia económica,
financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social;
Que el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260-PEN/2020 y sus normas
modificatorias y complementarias, se amplíó la emergencia pública en materia
sanitaria establecida por la Ley Nacional Nº 27.541, en virtud de la pandemia
declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el
coronavirus (Covid-19);
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus modificaciones se declaró la
Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines
de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de
propagación del contagio en la población del Coronavirus (Covid-19);
Que conforme el Decreto N° 463/2019 y su modificatorio, la Dirección General
Educación de Gestión Privada tiene entre sus responsabilidades primarias las de
“Administrar, supervisar, coordinar y acompañar el Subsistema de Educación de
Gestión Privada de la jurisdicción, conforme con las políticas del Ministerio de
Educación” y “Coordinar el asesoramiento, registro y supervisión de las entidades
educativas asistenciales (Ley Nº 621)”, entre otras.
Que la Ley N° 621 reguló la habilitación, funcionamiento y supervisión de todas las
instituciones privadas de carácter educativo asistencial, no incorporadas a la
enseñanza oficial, destinadas a la atención integral de la población infantil desde los
cuarenta y cinco (45) días hasta los cuatro (4) años.
Que, sin perjuicio de lo antedicho, la Ley N° 621, se encuentra destinada a la atención
integral de la población infantil desde los cuarenta y cinco (45) días hasta los tres (3)
años, todo ello en virtud de la obligatoriedad escolar de los niños de cuatro (4) años
prevista por la Ley de Educación Nacional N° 26.206 (modificada por Ley N° 27.045);
Que el Decreto N° 1089/2002, aprobó la reglamentación de la Ley N° 621, de
conformidad con lo establecido en él y los Anexos que como parte integrante forman
parte del mismo;
Que, en virtud de la situación epidemiológica, se verificó a través del Registro de
Instituciones Educativas Asistenciales, supervisiones pedagógicas realizadas a los
Institutos Educativos Asistenciales, que dichos Institutos Educativos de Gestión
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6428 - 28/07/2022

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