Disposición N° 44/DGEGP/21

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición21 de Julio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 44/DGEGP/21
Buenos Aires, 24 de febrero de 2021
VISTO: La Ley N° 621 y concordante, Decreto Nº 1089-GCABA/02 y el Expediente
Electrónico N° 38501311-DGEGP/2019, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente del visto la directora y propietaria de la Institución
Educativa Asistencial “LA PUERTA MAGICA” solicita la cancelación del Registro
Definitivo Nº 306 por decisión de la entidad propietaria;
Que la Ley Nº 621 CABA, y su Decreto reglamentario Nº 1089/GCABA/02, regula el
funcionamiento de instituciones privadas de carácter educativo asistencial no
incorporadas a la enseñanza oficial destinadas a la atención integral de la población
infantil desde los 45 días hasta los 4 años inclusive, bajo las denominaciones de
Jardín Maternal, Jardín de Infantes y Escuela Infantil;
Que en ese marco, están dadas las condiciones para cancelar el Registro Definitivo Nº
306 a la Institución Educativa Asistencial “LA PUERTA MAGICA”, cuya entidad
propietaria es NIEVES MARTA KANJE, con domicilio en la calle DR.JUAN FELIPE
ARANGUREN 2440, CABA, CUIT: 27-13653852-2;
Que los diferentes sectores han dado la conformidad respectiva.
Por ello, en uso de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 463/19,
LA DIRECTORA GENERAL
DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA
DISPONE:
Artículo 1°.- Cancélase el Registro Definitivo Nº 306 a la Institución Educativa
Asistencial “LA PUERTA MAGICA”, cuya entidad propietaria es NIEVES MARTA
KANJE (CUIT: 27-13653852-2), con domicilio en la calle DR.JUAN FELIPE
ARANGUREN 2440, CABA.
Artículo 2°.- Establécese que el sector de Registro de Instituciones Educativas
Asistenciales, tendrá a su cargo notificación fehacientemente a la entidad propietaria
de lo dispuesto en el artículo 1° de la presente y la colocación de los datos de la
mencionada institución en el Registro de Consulta Pública.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese, agréguese copia autenticada en el legajo de la institución, vuelva al
sector de Registro de Instituciones Educativas Asistenciales a efectos de posteriores
trámites. Ortiz
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6423 - 21/07/2022

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