Disposición N° 44/DGABS/18

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición26 de Septiembre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 44/DGABS/18
Buenos Aires, 16 de febrero de 2018
VISTO:
La Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires Nº 2.095 -texto
consolidado por Ley Nº 5.666, modificada por Ley Nº 4.764, su Decreto Reglamentario
95/GCBA/2014, los Decretos Nº 1.353/GCBA/2008, Nº 481/GCBA/2010, Nº
593/GCBA/2011, Nº 260/GCBA/2012 y Nº 363/GCBA/2015, el Expediente Electrónico
N° 7063380/2017 y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1353/GCBA/2008 se creó la es Unidad de Proyectos Especiales
(UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC) en el
ámbito de los Ministerios de Salud y Hacienda, la que tuvo a su cargo la coordinación,
agrupamiento dirección y gestión de los procesos de contratación centralizados de
bienes y servicios que requieran los efectores del sistema de salud a solicitud de los
Directores Médicos de dichos efectores;
Que el Decreto Nº 593/GCBA/2011 modificó el ámbito de actuación de la Unidad de
Proyectos Especiales (UPE) Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC),
establecido por el Decreto Nº 1.353/GCBA/2008, estableciéndose que la misma
funcionara exclusivamente en el Ministerio de Salud, con rango de Organismo Fuera
de Nivel, manteniendo su patrimonio y presupuesto y modificando su denominación
por la de Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), siendo continuadora
de la UPE-UOAC;
Que por Decreto N° 363/GCBA/2015 se aprobó la estructura orgánico funcional del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel de Director
General, modificándose el rango de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud
a Dirección General, y su denominación a la de Dirección General de Abastecimiento
en Salud;
Que en los presentes actuados tramita la irregularidad efectuada por la empresa
Compañía Alimentaria Nacional S.A., detectadas durante la ejecución del Servicio de
Elaboración y Distribución de Comidas, en el Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio
Pirovano", adjudicada en el marco de la Licitación Pública Nº 22/SIGAF/2015;
Que la irregularidad que se le imputa a la mencionada empresa es insuficiente
cantidad de vajilla e inadecuada condición de uso por deterioro de las bandejas
isotérmicas, notificándose a la empresa de dicha irregularidad a fin de que realice su
descargo;
Que la empresa presentó su descargo argumentando que ya había reemplazado
algunas bandejas isotérmicas debido a su deterioro normal, asimismo también
reemplazo otros elementos de vajilla, sosteniendo que la cantidad existente es la
exigida;
Que el incumplimiento detectado se encuentra encuadrado en lo establecido en el
artículo 79, inciso d) del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, debiéndose
aplicar una penalidad del treinta por ciento (30%) sobre el valor correspondiente a un
(1) día de prestación del nosocomio afectado;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5465 - 26/09/2018

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