Disposición N° 439/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 7 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.° 439/DGIUR/21
Buenos Aires, 30 de marzo de 2021
VISTO: La Ley Nº 6099, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la Resolución Nº 63-
SSREGIC-20 y el EX- 2019-34021080- GCABA-SSREGIC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar el
uso “1.5.Alimentación en general y gastronomía” y “visado de esquema de publicidad”,
en el predio sito en la calle Del Barco Centenera N° 383, PB y EP, inmueble
catalogado con nivel de Protección Cautelar;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
09401442/DGIUR/2021 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuno el dictado del acto administrativo que autorice desde el
punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización del uso y visado de esquema
de publicidad solicitado en el Expediente de referencia, dejando constancia que se
deberá cumplir con la normativa vigente que resulte de aplicación y que no haya sido
expresamente contemplada en la presente;
Que para arribar a dicha conclusión, se analizó en el aludido informe que el predio en
cuestión se encuentra emplazado en el Área de Media Mixtura de Usos del Suelo A 2
(conforme artículo 3.2.5) del Código Urbanístico;
Que por ello, en virtud de la documentación presentada, lo solicitado por el
peticionante y del análisis realizado por la mencionada Gerencia Operativa de Usos
del Suelo se considera oportuno acceder a la localización del uso 1.5.Alimentación en
general y gastronomía y visado de esquema de publicidad Plano de Letras sueltas y
Toldo s/ PLANO-2021-05394114-GCABA-SSREGIC, toda vez que los rubros
solicitados no originan impactos relevantes en el inmueble catalogado;
Que respecto a los requerimientos de estacionamiento vehicular, estacionamiento de
bicicletas, Espacios para Carga y Descarga, se destaca que por tratarse de una
superficie a habilitar menor a la requerida para su cumplimiento, las referencias de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6092 - 07/04/2021

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