Disposición N° 43-DGTALINF/18

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición28 de Febrero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 43/DGTALINF/18
Buenos Aires, 22 de febrero de 2018
VISTO:
El Decreto Nº 433/GCABA/16, el Expediente Electrónico N° 05697435-MGEYA-
ASINF-2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente indicado en el visto tramita la aprobación del gasto
correspondiente a la “Provisión de un Servicio de emergencia de Combustible para el
Grupo Electrógeno sito en esta Agencia de Sistemas de Información (Av.
Independencia N° 635)";
Que en virtud de ello, mediante Nota Nº 05615172-DGTALINF-2018 obrante bajo
Orden N° 3, se solicitó que se arbitren los medios necesarios para gestionar la
aprobación del gasto mencionado ut-supra;
Que en primer lugar, se informó que el Data Center de esta Agencia de Sistemas de
Información, es una instalación crítica, utilizada para albergar sistemas informáticos y
componentes asociados, como sistemas de telecomunicaciones y almacenamiento de
datos sensibles;
Que a su vez, se indicó que la presente gestión encuentra su fundamento en que,
durante el año 2017 se adquirió un nuevo grupo electrógeno de mayor capacidad
operativa, con el objeto de garantizar la plena disponibilidad de los subsistemas
componentes de la infraestructura soporte del Datacenter, a fin de brindar un servicio
ininterrumpido a los diferentes organismos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, dados los reiterados cortes de suministro eléctrico que se producen a
diario;
Que ello así, se señaló que resulta imprescindible contar con un servicio adecuado
que permita mantener la operatividad de todos los sectores, asegurando su
funcionamiento del Datacenter de esta Agencia en todo momento;
Que al respecto, se informó que para el funcionamiento del mismo se requiere
combustible, que actualmente es provisto a través de la tarjeta de combustible, el cual
es cargado en bidones en las estaciones de servicio habilitadas y a su vez
transportado por las camionetas, lo cual resulta sumamente peligroso no solo para los
agentes de esta Agencia que los transportan sino también para los propios
ciudadanos;
Que asimismo, se mencionó que el monto mensual de la tarjeta de combustible
anteriormente mencionada es de $7.000, aproximadamente 318 litros mensuales, lo
cual resulta insuficiente en ocasión de un corte de energía, debido a que el consumo
del grupo electrógeno por hora es de 100 litros, por lo que la falta de combustible
implicaría la caída de todo el Centro de Datos del GCABA;
Que en virtud de ello, se informó que la extrema criticidad del servicio que se brinda
por intermedio del Data Center, se requiere la provisión de un servicio de combustible
de 10.000 litros para el Grupo Electrógeno sito en la Agencia de Sistemas de
Información, los cuales serán suministrados en entregas parciales;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5324 - 28/02/2018

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