Disposición N° 43/DGEGP/21

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición21 de Julio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 43/DGEGP/21
Buenos Aires, 24 de febrero de 2021
VISTO: Los Decretos Nº 371/64 y Nº 463/19, el Expediente Electrónico N° 7913686-
DGEGP/2020, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente del visto la entidad propietaria del Instituto Integral Talpiot
(A-584), ubicado en Azcuénaga 796, CABA, ha solicitado la inactivación de las
secciones de nivel inicial y primario mismo de acuerdo con la normativa vigente para el
ciclo 2020;
Que el Decreto N° 371- PEN/64 establece en su artículo 26° que “los institutos podrán
suspender su funcionamiento o el de algunas de sus secciones por un término no
mayor de un año lectivo, siempre que medie causa justificada y previa autorización...”;
Que la entidad educativa justifica su pedido en la reducción progresiva e irreversible
acaecida en la cantidad de alumnos matriculados en el nivel inicial y primario;
Que han tomado conocimiento las áreas correspondientes de esta Dirección General
prestando conformidad a lo solicitado;
Que la Dirección Pedagógica ha prestado su conformidad para proceder a la
inactivación de la institución educativa por el término de un año;
Que debe ponerse en conocimiento de la entidad propietaria su responsabilidad
respecto de la guarda de la documentación del instituto y la permanencia en sus
funciones del rector/a y secretario/a para la realización de posibles trámites oficiales
durante el tiempo de la inactivación;
Que, asimismo, la entidad propietaria es responsable ante el personal de asumir las
responsabilidades laborales que le quepan por la inactivación.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 463/19,
LA DIRECTORA GENERAL
DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA
DISPONE:
Artículo 1°.- Autorízase la inactividad de las secciones de nivel inicial y primario del
instituto incorporado a la enseñanza “Instituto Integral Talpiot” (A-584), de la
Asociación Templo y Escuela Israelita `Harav Kuk (CUIT 30544343013), ubicado en
Azcuénaga 736, CABA, a partir del ciclo lectivo 2020, por el término de 1 (un) año.
Artículo 2º.- Suspéndase, a partir del Ciclo Lectivo 2020, el aporte gubernamental
asignado a las secciones de nivel inicial y primario del Instituto Integral Talpiot” (A-
584).
Artículo 3º.- Establécese que lo dispuesto en el Artículo 1º no conlleva el cese de
responsabilidades del Instituto respecto de su personal.
Artículo 4º.- Determínase que es responsabilidad de la entidad propietaria la custodia
de la documentación oficial de conservación transitoria y permanente durante el
tiempo de inactividad señalado en el artículo 1° de acuerdo con lo establecido por el
Decreto N° 371-PEN/64.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6423 - 21/07/2022

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