Disposición N° 427/DGSPR/19

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición 5 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 427/DGSPR/19
Buenos Aires, 25 de octubre de 2019
VISTO: Las Leyes Nº 5688/16 (B.O. Nº 5030); y N° 6067 (B.O. 5524), los Decretos N°
446/06 y N° 394/14, la Carpeta E113433, y;
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación administrativa tramita la solicitud de habilitación para
desempeñarse como prestadora de servicios de seguridad privada en el rubro
establecido en el por la Ley Nº 5688, en su Artículo 439, Punto 2: Servicios sin
autorización al uso de armas de fuego-Incisos a), b), y, c), presentada por la empresa
SEGURIDAD BUNKER S.A., con domicilio real en la Av. Maipú N° 1343, Piso 12°,
Dpto. "A", Vicente López, Provincia de Buenos Aires, y constituido en la Avenida
Federico Lacroze N° 2911, Piso 2°, Dpto. "B", de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que la requirente ha designado Director Técnico en los términos del Artículo 458 y
concordantes de la mencionada Ley al señor Vázquez, Juan Manuel, D.N.I. Nº
10.124.902;
Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la
habilitación previa de la firma interesada, conforme lo establecen los Artículos 450,
Punto 3, y 461, Punto 1, de la Ley Nº 5688;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
Nº 5688 para concederle su habilitación, como prestadora de servicios de seguridad
privada, en las categorías peticionadas;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I,
Artículo 177, Punto 3, de la Ley N° 6067, por lo que corresponde el otorgamiento de su
habilitación por el plazo de dos años contados a partir del día de la fecha;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPONE
Artículo 1º.- Concédase a partir del día de la fecha y por el término de (2) dos años a
la empresa SEGURIDAD BUNKER S.A., su habilitación como prestadora de servicios
de seguridad privada en la categoría establecida por la Ley Nº 5688 en su Artículo
439, en su Artículo 439, Punto 2- Servicios sin autorización de uso de armas de fuego
- Incisos a) Los de vigilancia privada en lugares fijos con acceso al público, b) Los de
custodia y portería de locales de baile, confiterías y/o espectáculos en vivo, como todo
otro lugar destinado a recreación y, c) Los de vigilancia privada en lugares fijos o
edificios de propiedad horizontal.
Artículo 2º.- La renovación de la habilitación otorgada para un próximo período, deberá
solicitarse con (30) días de anticipación al vencimiento de la presente, acompañando
la totalidad de la documentación pertinente.
Artículo 3º.- Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada la habilitación concedida
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5735 - 05/11/2019

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