Disposición Nº 69/GCABA/DGEMP/13
Firmantes | Dotto |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Empleo |
Fecha de la disposición | 7 de Febrero de 2013 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia
DISPOSICIÓN N.° 69/DGEMP/13
Buenos Aires, 7 de febrero de 2013
VISTO:
el Expediente N° 2978189/12, el Art. 52 de la Ley Nacional N° 20.744, la Ley N° 265; la
Resolución N° 168/2002 de la Secretaría de Trabajo de la Nación y el Protocolo
Adicional sobre Rúbrica de Documentación y Reciprocidad; el Convenio N° 50/2001 de
Entendimiento y Acciones Conjuntas en materia de Inspección de Trabajo y
Fortalecimiento de la Autoridad Administrativa del Trabajo entre el Ministerio de
Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos de la Nación y el Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires; el Protocolo Adicional al Convenio de
Entendimiento y Acciones Conjuntas N° 01/2001; el Acuerdo N° 4/2003 de Prórroga de
la Cláusula Segunda del Protocolo Adicional al Convenio N° 50/2001, Decreto N°
660/11 y su modificatorio Decreto N° 236/12 y Decreto N° 724/2011, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente N° 2978189/12, URBASER ARGENTINA S.A.,
TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I y F. y SEOB S.A. UNION TRANSITORIA DE
EMPRESAS (CUIT 30-71185227-8), con domicilio legal en Av. Leandro N. Alem 1050
Piso 4° de esta Ciudad, solicita la aprobación del sistema de microfilmación para el
libro de sueldos y jornales;
Que por el Art. 2° inc. d) de la Ley Nro. 265/GCBA, la autoridad de aplicación del
trabajo, tiene como función la rúbrica de documentación laboral;
Que por Resolución N° 168/2002 de la Secretaría de Trabajo de la Nación, se aprueba
el texto de Protocolo Adicional sobre Rúbrica de Documentación y Reciprocidad
(Anexo I);
Que a través del Convenio N° 50/2001 y el Protocolo Adicional N° 01/2001, se
determina que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires asume las
funciones de rúbrica de documentación a partir del 1° de marzo de 2002;
Que el Acuerdo N° 04/2003 de Prórroga de la Cláusula Segunda del Protocolo
Adicional al Convenio N° 50/2001 establece que la rúbrica de documentación laboral
es asumida por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a partir del 1° de
abril del año 2003;
Que mediante Decreto N° 236/GCABA/2012 se modifica la estructura organizativa del
Ministerio de Desarrollo Económico del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, aprobada oportunamente por Decreto N° 660/GCBA/11; creando la Gerencia
Operativa Rúbrica, dependiente de la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba