Disposición N° 419/HGAPP/21

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición22 de Diciembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 419/HGAPP/21
Buenos Aires, 21 de octubre de 2021
VISTO: el EX-2021-12909826-GCABA-HGAPP y la nota presentada por la Jefa de
Laboratorio y,
CONSIDERANDO:
Que, la citada nota hace referencia a la OC 426-5929-OC21;
Que, dicha Orden de Compra se emitió con vencimiento el 18-11-2021 en un todo de
acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones;
Que, la Jefa de División Laboratorio mediante Nota de fecha 15-10-2021 manifiesta
que durante la pandemia COVID-19, en el marco de EMERGENCIA SANITARIA, el
Renglón 1 Dimero-D y el renglón 2 Procalcitonina fueron utilizados como
biomarcadores inflamatorios en los pacientes, sobre todo durante la internación;
Que, dado el contexto actual, la baja en el número de casos de pacientes infectados
de Covid-19 y consecuentemente la disminución en el número de internados, es que la
utilización de estas determinaciones han bajado considerablemente;
Que, por tal motivo se solicita la rescisión de 8040 determinaciones del RENGLON 1 -
DIMERO-D y 360 determinaciones del renglón 2 - PROCALCITONINA;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos N° 9° Inciso d) de la
Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
promulgada por Decreto 1772-GCBA-2006 (BOCBA . N° 2557) y su Decreto
reglamentario Nº 754-GCBA-2008;
EL DIRECTOR
DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS PARMENIO PIÑERO
DISPONE:
Art. 1º.- Rescíndase la O.Compra Nº 426-5929-OC21 de la firma BIOMERIEUX
ARGENTINA SA del Expediente Nº 2021-12909826-GCABA-HGAPP por un importe
de SIETE MILLONES SEISCIENTOS CONCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS
SETENTA Y CINCO Con 60/00 ($ 7.652.475,60) sin aplicación de penalidades al
amparo de lo establecido en el art. 134 de la Ley 2095/06 y su Decreto Reglamentario
754/08.
Art. 2°.- Pase a la Subgerencia Administración General la que notificará
fehacientemente a la firma respectiva de los términos de la presente (Conf. Capítulo VI
Art. 60/65 del DNU Nº 1510/97 BOCBA Nº 310), y a la Sección Compras y
Contrataciones el cual deberá cumplimentar el procedimiento previsto en el Art. 135°
de la Ley N° 2095/06 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires para la caratulación del respectivo Legajo Único (Conf. Disposición Nº 146-
DGCyC-2009 - BOCBA Nº 3271).
Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de acuerdo a lo establecido en la
Disposición Nº 95-DGCYC-12 – BOCCA Nº 3915.
Artículo 4º.- Remítase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda
a fin que proceda a deducir los importes correspondientes. Rivero Marino
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6281 - 22/12/2021

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