Disposición Nº 539/2012

Fecha de disposición19 Diciembre 2012
Fecha de publicación29 Enero 2013
SecciónDisposiciones

Bs. As., 19/12/2012

VISTO el Expediente Nº 1.521.676/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 78/93 del Expediente Nº 1.521.676/12, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE LOS PEAJES Y AFINES (S.U.T.P.A.), por el sector gremial, y la empresa COVIARES SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante dicho acuerdo, las partes convienen un incremento salarial de modo escalonado y no acumulativo para el personal a partir del mes de junio de 2012 hasta el mes de mayo de 2013, estableciendo asimismo una asignación mensual de carácter no remunerativa, conforme a las condiciones y términos allí establecidos.

Que el ámbito territorial y personal del presente se corresponde con la actividad principal de la parte empresaria signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que los agentes negociales ratifican el contenido y firmas insertas en el acuerdo traído a estudio conforme surge a fojas 94, acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias obrantes en autos.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que por último, correspondería que una vez dictado el acto administrativo homologatorio del Acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 738/12.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL

DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º

— Procédase al registro del Acuerdo celebrado entre el SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE LOS PEAJES Y AFINES (S.U.T.P.A.), por el sector gremial, y la empresa COVIARES SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, que luce a fojas 78/93 del Expediente Nº 1.521.676/12, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º

— Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo...

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