Disposición N° 416-HGAPP/17

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición25 de Enero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2017 Año de las Energías Renovables"
DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 416/HGAPP/17
Buenos Aires, 29 de diciembre de 2017
VISTO
el E.E Nº 29538577-17-HGAPP encuadrado en los términos del Dto. Nº
433/GCBA/2016 y
CONSIDERANDO:
Que, el Jefe de Cirugía solicita urgente la adquisición de carbón activado al 2% para
marcación de biopsia.-
Que, por las presentes actuaciones se tramitó la adquisición del referido insumo,
siendo la misma, impostergable e imprescindible para asegurar resultados finales
esenciales.-
Que, esta gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a
procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes.-
Que, la Sección Compras efectúo el pedido interno identificado con el Pedido Nº
228/17 (Sigaf Nº 8736/17) y cursó invitaciones para cotizar a e- mail/fax a la UAPE,
CAC, Guía de Licitaciones, Mercados Transparentes y proveedores del rubro
inscriptos en el RIUPP;
Que, mediante Remito Nº 0001-00048192 (RODOLFO EDUARDO FRISARE S.A.), se
acreditó la adquisición de los insumos debidamente conformados.-
Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en
el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en
poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran
sido debidamente salvadas.-
Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº
49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la
presente disposición:
NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 13(Diciembre/17)
ACUMULADO APROBADO $ 122.330,40
SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 477.669,60
Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la
atención de los pacientes internados.-
Que, a la fecha el Director del Hospital se encuentra usufructuando licencia ordinaria.
Que, debe procederse según las facultades que surgen del Art.2º de la Ley
Procedimiento Administrativo aprobado por Decreto nº1510/97.-
Que, es competencia de la SubDirección Médica y la Gerencia Operativa de Gestión
Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.-
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 433/GCBA/2016, y lo
dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010.-
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5302 - 25/01/2018

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