Disposición N° 416/DGIUR/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición23 de Abril de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 416/DGIUR/19
Buenos Aires, 11 de abril de 2019
VISTO: El Expediente Nº 35.458.814/2019 por el que se consulta sobre la factibilidad
de localizar los usos: "Café, bar, Despacho de bebidas, whisqueria, cervecería, Casa
de comidas, rotisería", para el inmueble sito en la calle Reconquista Nº 869, Planta
Baja, Sótano, UF Nº 2, con una superficie a habilitar de 110,05m², y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión se encuentra localizado en el APH 51 "Catedral al norte"
y según lo establecido en el Parágrafo 3.7.38. APH51 - del Código Urbanístico para la
Zona 3, le corresponde el Área de Alta Mixtura de usos del suelo 4;
Que para los Usos según zonas: El Área se subdivide en áreas según el carácter
predominante de cada una de ellas y los usos permitidos en las mismas son los que se
detallan en el Cuadro de Usos del Suelo Nº 3.3;
Que la Gerencia Operativa Usos del Suelo de esta Dirección General, a través del
Informe Nº 10085721-DGIUR-2019, indica que según lo consignado en el Cuadro de
Usos del Suelo Nº 3.3 del Código Urbanístico para el área de mixtura 4, el uso
solicitado: "Café, bar, Despacho de bebidas, whisqueria, cervecería, Casa de comidas,
rotisería", se encuentra contemplado en la descripción expresamente consignada:
"1.5. Alimentación en general, Gastronomía" se indica SI (Permitido en el Área de
mixtura de usos);
Que desde el punto de vista del patrimonio urbano, dicha Gerencia Operativa,
considera que los usos solicitados no originan impactos relevantes en el APH 51;
Que no se visa publicidad, toda vez que no se lo solicita. Por tal motivo, no podrá
contar con cartel publicitario sin previo visado;
Que en tal sentido, la Gerencia Operativa Usos del Suelo indica que se visan los usos
permitidos "Alimentación en general, Gastronomía", para el inmueble sito en la calle
Reconquista Nº 869, Planta Baja, Sótano, UF Nº 2, con una superficie de 110,05 m²;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase, desde el punto de vista del Patrimonio Urbano, la localización
del uso: "Alimentación en general, Gastronomía“, para el inmueble sito en la calle
Reconquista Nº 869, Planta Baja, Sótano, UF Nº 2, con una superficie a habilitar de
110,05m² (Ciento diez metros cuadrados con cinco centímetros cuadrados), debiendo
cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.
Artículo 2°.- Hágase saber al recurrente que toda reforma y/o modificación del
inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser
consultada a esta Dirección General.
Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5602 - 23/04/2019

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR