Disposición N° 414/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición25 de Febrero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 414/DGIUR/22
Buenos Aires, 18 de febrero de 2022
VISTO: El Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1.510/97, la Disposición Nº
1620/DGIUR/21, el EX- 2021-19975495- -GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que por la Disposición Nº 1620/DGIUR/21, se consideró factible, desde el punto de
vista urbanístico, la localización del uso "1.8.2 Farmacia” para el inmueble sito en la
Av. Rivadavia Nº 4301, Planta Baja, Subsuelo y Planta 1º Piso, [S:017, M:022, P:024b]
con una superficie a habilitar de 170,90 m² (ciento setenta metros cuadrados con
noventa centímetros cuadrados);
Que se ha advertido la comisión de un error material involuntario en la citada
Disposición N° 1620/DGIUR/21, toda vez que en su parte dispositiva donde se
consignó “...sito en la Av. Rivadavia Nº 4301, Planta Baja, Subsuelo y Planta 1º Piso”,
debió decir “... Av. Rivadavia Nº 4301 esq. Pringles Nº 4, Planta Baja, Subsuelo y
Planta 1º piso";
Que en este sentido, el artículo 124 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97
establece que: “En cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente
materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere la
sustancia del acto o decisión”;
Que en consecuencia, resulta necesario dictar el acto administrativo que rectifique la
Disposición Nº 1620/DGIUR/21.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Artículo 1°. Rectifíquese el Artículo 1° de la Disposición Nº 1620/DGIUR/21, el que
quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º.- Autorizase, desde el punto de
vista urbanístico y patrimonial, la localización del uso "1.8.2 Farmacia” para el
inmueble sito en la Av. Rivadavia Nº 4301 esq. Pringles Nº 4, Planta Baja, Subsuelo y
Planta 1º piso, [S:017, M:022, P:024b] con una superficie a habilitar de 170,90 m²
(ciento setenta metros cuadrados con noventa centímetros cuadrados), debiendo
asimismo cumplir con la normativa vigente que resulte de aplicación y que no haya
sido expresamente contemplada en la presente.”.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Notifíquese al interesado. Cumplido, archívese. Tuya
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6327 - 25/02/2022

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