Disposición N° 410/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición25 de Febrero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 410/DGIUR/22
Buenos Aires, 18 de febrero de 2022
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, y el
Expediente Nº 04.384.712-22, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita una solicitud de fijación de
Línea Interna de Basamento para la Manzana 011A, Sección 089;
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Morfología
Urbana mediante informe IF-2022-07348730-GCABA-DGIUR, estimando oportuno el
dictado del acto administrativo que considere factible fijar Línea Interna de Basamento
conforme el grafico que adjunta;
Que la manzana en cuestión se encuentra actualmente emplazada en una zona
afectada a Unidades de Sustentabilidad de Altura Baja 2 (U.S.A.B.2.) Art. 6.2.5. del
Código Urbanístico y su Modificación, por lo que corresponde el trazado Línea Interna
de Basamento (L.I.B.);
Que se trata de la manzana delimitada por las calles Vallejos, Allende, José Cubas,
Ricardo Gutiérrez, Desaguadero y la Av. General Paz. Dicha manzana posee un frente
de 96,04 m sobre la calle Vallejos, un frente de 82,44 m sobre la calle Allende, un
frente de 69,58 m sobre la calle José Cubas, un frente de 71,47 m sobre la calle
Ricardo Gutiérrez, un frente de 22,20 m sobre la calle Desaguadero y un frente de
36,70 m sobre la Av. General Paz; todos ellos medidos en las intersecciones de las
respectivas Líneas Oficiales (L.O.).Asimismo, computa una superficie total de 9106,17
m2, de acuerdo a Consulta de registro catastral obtenida por sistema interno Parcela
Digital Inteligente (PDI);
Que por ello, en vista de la documentación presentada y lo solicitado por el
peticionante, los parámetros de edificabilidad establecidos para la unidad de
afectación (U.S.A.B.2) en el Título 6 del cuerpo principal de dicho Código Urbanístico,
la mencionada Gerencia Operativa de Morfología Urbana considera factible proceder a
trazar la Línea Interna de Basamento (L.I.B.) -conforme al grafico que adjunta-, siendo
que la parcela en consulta, 026A, ubicada en la calle Allende Nº 4442, queda afectada
a una Línea Interna de Basamento (L.I.B.), ubicada a 28.00 m medidos paralelamente
desde la Línea Oficial (L.O.) de la calle Allende;
Que en tal sentido, compartiendo el criterio vertido por la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana, corresponde dictar el acto administrativo que fije Línea Interna de
Basamento que tramita por el Expediente mencionado en el Visto.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6327 - 25/02/2022

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