Disposición N° 41/HOPL/22

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición29 de Julio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 41/HOPL/22
Buenos Aires, 27 de julio de 2022
VISTO: La Ley N° 2095/06 (Texto consolidado por Ley Nº 6347) reglamentada Decreto
Nº 74/GCABA-AJG/21, la Resolución Nº 232/UPE-UOAC/2009 y sus modificatorias, el
Expediente Electrónico N° 26772802/GCABA-HOPL/2022, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto tramita la Contratación Menor Nº 421-2232-
CME22, al amparo de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 2095/06 (Texto
consolidado por Ley Nº 6347) ) reglamentada por Decreto Nº 74/GCABA-AJG/21 y se
gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto
por el artículo 76- Informatización de las contrataciones- de la Ley de Compras y
Contrataciones citada y su Decreto reglamentario, para la Contratación del Servicio de
Reparación Integral de Facoemulsificador, con el objeto de cubrir las necesidades
prestacionales de este Hospital, dependiente del Ministerio de Salud del GCABA;
Que se ha procedido a afectar presupuestariamente a valores mínimos la Solicitud de
Gasto N° 421-3393-SG22 de acuerdo a lo indicado en ME-2022-05857237-GCABA-
HOPL;
Que el servicio solicitado no se encuentra incluído en la Resolución Nº 232/UPE-
UOAC/2009 y sus modificatorias;
Que el Inc. b) del Art. 35 de la Ley Nº 6507/2021, en relación a lo indicado por el Art.
Nº 135 de la Ley Nº 2095/06 (Texto consolidado por Ley Nº 6347), ha establecido la
Unidad de Compra para el Ejercicio 2022 en PESOS SESENTA Y DOS ($ 62,00);
Que el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales ha sido aprobado por
Disposición Nº 167-DGCYC-21 por la Directora General de Compras y Contrataciones
en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo
N° 18, Inciso j) y Artículo N° 78 de la Ley N° 2.095/06 (Texto consolidado por Ley Nº
6347);
Que por Resolución Nº 1226/2007, el Ministro de Salud del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires, establece como Unidad Operativa de Adquisiciones al Hospital
Oftalmológico Pedro Lagleyze;
Que mediante Decreto 260/12 se ha modificado la estructura organizativa del
Ministerio de Salud de acuerdo con los Anexos I y III (Organigramas) y II y IV
(Responsabilidades Primarias Acciones Objetivos);
Que en el mencionado Decreto en el Apartado 7.3.1 de su Anexo se describen las
acciones correspondientes a la Subdirección Medica dentro de los cuales se
encuentran la de ...”Asistir... y sustituir al Director en caso de ausencia transitoria...”;
Que se encuentra en ausencia transitoria el Director del Hospital Dr. Scattini Fernando
usufructuando Licencia por Descanso Anual Remunerado;
Que mediante Decreto- 2018-250- AJG ha sido designado como Subdirector Médico
del Hospital Oftalmológico “Dr. Pedro Lagleyze” al Dr. Eduardo Augusto González
Santos;
Que se encuentran incorporados los Pliegos que han de regir la contratación que se
propicia;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6429 - 29/07/2022

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