Disposición Nº 409/GCABA/HGAPP/16
Firmantes | Efrón - Pagano |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Hospital General de Agudos Parmenio PiÑEro |
Fecha de la disposición | 30 de Septiembre de 2016 |
VISTO
el E.E. N° 21292615-HGAPP-2016 encuadrado en los términos del Dto. N°
433/GCBA/2016 y
CONSIDERANDO:
Que, por los presentes actuados se tramitó la reparación de referencia para el Servicio
de Laboratorio Central.-
Que resulta impostergable e imprescindible para asegurar resultados finales
esenciales.-
Que, la Sección Compras identifico el presente pedido con el N°321/16 (SIGAF N°
923/16).-
Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide
someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones
vigentes o mediante el sistema de caja chica común.-
Que, la Dirección autorizó que la presente reparación fuera realizada por la firma
ARIEL MARCELO JULIAN LOPEZ, por tratarse de un equipo cuyo desarme y examen
previo resultaba imprescindible para determinar la reparación necesaria y que pudiera
resultar más conveniente.
Que, mediante remito N° 0001-00000638 (ARIEL MARCELO JULIAN LOPEZ), se
acreditó la reparación del aparato señalado.
Que, se ha considerado a la firma ARIEL MARCELO JULIAN LOPEZ, habiendo
acreditado ésta su inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de
Proveedores en los términos del Art. 22 de la Ley N° 2095.
Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en
el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en
poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran
sido debidamente salvadas.-
Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1° de la Disposición N°
49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la
presente disposición:
NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 31 (Septiembre/16)
ACUMULADO APROBADO $ 271.256,80
SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 328.743,20
Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la
atención de los pacientes.-
Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión
Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.-
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. N° 433/GCBA/2016, y lo
dispuesto en el...
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