Disposición N° 405/DGSPCB/21

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición13 de Diciembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 405/DGSPCB/21
Buenos Aires, 2 de diciembre de 2021
VISTO: Las Leyes N° 5688 (B.O. N° 5030) y N° 6383 (B.O. 6024), los Decretos N°
446/06, N° 394/14 (B.O. 5282), y las disposiciones N° 148-DGSPCB/2021 y N° 201-
DGSPCB/2021, y la Carpeta N ° E488034, y, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Disposición N° 148-DGSPCB/2021 y su ampliatoria N° 201-
DGSPCB/2021, la firma CLEVER SEGURIDAD S.R.L, ha sido habilitada a partir del
10/06/2021, por el término de dos años, para prestar servicios de seguridad privada en
las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en su Artículo 439 sin autorización de
uso de armas de fuego: Punto 2, Inciso a), b), c) y d);
Que la interesada denunció con domicilio real y constituido en la calle Ibera 2342, P.B.,
Dpto. “D”, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; designando como su Director
Técnico al Señor Fernando Martín Jacyno, D.N.I. Nº 25.913.178 y como Responsable
Técnico en los términos de los Artículos 458, y concordantes de la mencionada Ley al
señor al Señor Eduardo Carlos Capelo con D.N.I N° 4.979.797;
Que la firma de referencia solicitó la ampliación de su habilitación, a fin de que se la
autorice a prestar servicios en las categorías establecidas por el Artículo 439, de la
Ley Nº 5688, Servicios con autorización de uso de armas de fuego Punto 1, inciso a) y
b);
Que asimismo acompañó Certificado de Usuario Colectivo N° 219.107 el cual posee
vigencia hasta el día 01/10/26 y que fuera expedido en Legajo N° 9762179, de la
Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC);
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación aportada por la solicitante,
surge que reúne los requisitos exigidos por la Ley Nº 5688, para concederle la
ampliación de la habilitación en las categorías requeridas con autorización de uso de
armas. Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL DIRECTOR GENERAL
DE SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES
DISPONE:
Artículo 1º.- Ampliar los términos de la Disposición Nº 148-DGSPCB/2021, autorizando
a la firma CLEVER SEGURIDAD S.R.L., a prestar servicios de seguridad privada
conforme Ley 5688 Artículo 439°- Punto 1- Servicios con autorización de uso de armas
de fuego Incisos a) Los de custodias personales, mercaderías en tránsito excepto el
transporte de caudales regulado por la Ley Nacional Nº 19.130 y en depósitos, y, b)
Los de vigilancia privada en lugares fijos sin acceso al público.
Artículo 2º.- La ampliación dispuesta en el artículo precedente no modifica el plazo de
habilitación establecido en la Disposición antes mencionada, el cual vencerá
indefectiblemente el día 09/06/2023.
Artículo 3º.-Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada y Custodia de Bienes la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6274 - 13/12/2021

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