Disposición N° 401/DGROC/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición28 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 401/DGROC/18
Buenos Aires, 30 de agosto de 2018
VISTO: Las Leyes Nº 449 y Nº 5460, los Decretos Nº 363/GCABA/2015 y Nº
8/AJG/2018, y el Expediente Electrónico Nº 2018-20557606-MGEYA-DGROC y
CONSIDERANDO:
Que se solicita el trazado de Línea de Frente Interno para la Manzana 47B, Sección
25, Circunscripción 16, delimitada por las calles MARISCAL ANTONIO JOSE DE
SUCRE, MONTAÑESES Y VIAS DEL F.N.G.B.M.
Que la misma esta comprendida dentro de los alcances estipulados en los artículos
4.2.3 y 4.3.6 "Línea de Frente Interno" del Código de Planeamiento Urbano - Ley 449 -
B.O.C.B.A. N° 1044, publicado el 09/12/2.000, que prevén el dictado de disposiciones
especiales en Manzanas de menos de 4000 m2., ó cuyas semisumas de lados
opuestos sean inferiores a 62.00 m., tengan 3, 5 ó más lados, ó 1 ó más lados curvos.
Que la manzana se encuentra emplazada en el distrito R2bI (9) según lo estipulado en
el Artículo 5.4.1.4 inc. a) del Código de Planeamiento Urbano.
Que teniendo en cuenta las dimensiones de la manzana, resulta procedente que las
parcelas de la misma no estén sujetas al cumplimiento de ninguna Línea de frente
Interno ni Línea Interna de Basamento, debiendo cumplir con el resto de los
parámetros estipulado para el distrito de emplazamiento.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades que le fueran conferidas por
Ley Nº 5460 y los Decretos Nº 363/GCABA/2015 y Nº 8/AJG/2018.
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO
DISPONE
Artículo 1º- Las parcelas de la Manzana 47B, Sección 25, Circunscripción 16,
delimitada por las calles MARISCAL ANTONIO JOSE DE SUCRE, MONTAÑESES Y
VIAS DEL F.N.G.B.M no está sujeta al cumplimiento de ninguna Línea de frente
Interno ni Línea Interna de Basamento, siéndole aplicables todas las restantes
disposiciones de la Sección 4 del Código de Planeamiento Urbano.
Artículo 2º.- Regístrese. Notifíquese al recurrente por intermedio del Departamento
Urbanístico y Legislación, para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección
de Catastro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad por intermedio del
Departamento Técnico Administrativo. Cumplido, remítase el Expediente Electrónico
Nº 2018-20557606-MGEYA-DGROC al estado de guarda temporal para su posterior
archivo. Hertel
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5789 - 28/01/2020

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