Disposición Nº 45/2012
Fecha de disposición | 07 Agosto 2012 |
Fecha de publicación | 01 Octubre 2012 |
Sección | Disposiciones |
Bs. As., 7/8/2012
VISTO el Expediente Nº 1.228.294/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Disposiciones de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº 46 del 9 de marzo de 2012 y Nº 144 del 13 de junio de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 4/5 del Expediente Nº 1.465.751/11, agregado como foja 201 al principal, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA) y la empresa ARGENTONE SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1218/11 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 1° de la Disposición D.N.R.T. Nº 46/2012 y registrado bajo el Nº 273/12, conforme surge de fojas 215/218 y 221, respectivamente.
Que a fojas 4 del Expediente Nº 1.500.158/12, agregado como foja 227 al principal, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA) y la empresa ARGENTONE SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1218/11 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 2° de la Disposición D.N.R.T. Nº 144/12 y registrado bajo el Nº 645/12, conforme surge de fojas 236/239 y 242, respectivamente.
Que mediante el artículo 2° de la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº 617 del 5 de octubre de 2011 se fijó el tope indemnizatorio con vigencia desde el 1° de julio de 2011, correspondiente al Acuerdo Nº 1073/11, homologado por el artículo 4° de la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº 562 del 8 de agosto de 2011.
Que atento a que en el Acuerdo Nº 273/12 las partes han establecido los nuevos valores de las escalas salariales vigentes al 1° de julio de 2011, deviene necesario actualizar los montos de la base promedio y del tope indemnizatorio anteriormente fijados, por los nuevos importes que se detallan en el Anexo I de la presente.
Que a tal efecto...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba