Disposición Nº 40/GCABA/DGIUR/17
Firmantes | BugarÃn |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA |
VISTO:
El Expediente N° 9.395.224/2016 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localización de los usos "Agencia Comercial de Servicios Eventuales (en sistemas y
desarrollo de software)", para el inmueble sito en la calle Capdevila N° 3442/58, con
una superficie a habilitar de 5.481,67m2, y
CONSIDERANDO:
Que la parcela en cuestión se encuentra localizada en el Distrito R2bI de Zonificación
del Código de Planeamiento Urbano Ley N° 449 y Decreto N° 1181-GCBA/07 Boletín
Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 2772, de fecha 23 de Agosto de 2007, Texto
Ordenado del mismo Código;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°
24001531-DGIUR-2016, indica que el uso "Agencia Comercial de Servicios
Eventuales", no se encuentra consignado en el Cuadro de Usos 5.2.1 a), por lo que se
lo considera dentro de las "Agencias comerciales de empleo, turismo, inmobiliaria,
etc.", por lo que dicho uso se encuentra comprendido dentro del Agrupamiento:
"Servicios Terciarios", Clase "A", Descripción "Servicios para la vivienda y sus
ocupantes", en el rubro "Agencias comerciales de empleo, turismo, inmobiliaria, etc.
Ley N° 123: S.R.E., Permitido en el Distrito R2b hasta 500m2 de superficie;
Que ahora, en este caso, solicitan extender este rubro permitido a toda la superficie
existente de la que disponen, es decir a 5.481,67m2. Este Organismo estudió el
presente caso oportunamente, en el que se proponía trasladar la actividadindustrial,
actualmente en funcionamiento y refuncionalizar el edificio para localizar los usos
solicitados, considerándose, en primera instancia, admisible acceder a la localización
teniéndose en cuenta que es una mejora para la zona residencial ya que el grado de
molestia y el impacto ambiental será sensiblemente menor;
Que asimismo, el rubro ahora solicitado reduce el Grado de molestia aún más y si se
tiene en cuenta además, que el inmueble está destinado a industria, se cree que el
destino propuesto, desde el punto de vista urbanístico, es favorable;
Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental, mediante Dictamen N° 277-CPUAM-2016,
indica que considera que el uso "Agencia Comercial de Servicios Eventuales (en
sistemas y desarrollo de software)"...
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