Disposición N° 4/UPEMAM/19

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición30 de Abril de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 4/UPEMAM/19
Buenos Aires, 17 de abril de 2019
VISTO el Decreto N° 433/2016 (BOCBA N° 4.941), Ley Nº 2.095/2006 (BOCBA Nº
2.557) y el Expediente Electrónico N° 33708771/UPEMAM/2018, y
CONSIDERANDO
Que por la citada actuación se tramita la aprobación del gasto a favor de la firma
DELMIRO MENDEZ E HIJO S.A. por el servicio integral de producción que incluye re-
embalaje y guarda en cajones, dentro de las instalaciones del Museo de Arte Moderno
de Buenos Aires, de las obras procedentes de las colecciones e instituciones del
exterior que formaron parte de la exposición "Historia de dos mundos: arte
experimental latinoamericano en diálogo con la colección del MMK, 1944-1989" y
asistencia a correos de museos internacionales;
Que dicha exposición fue co-organizada por la Unidad de Proyectos Especiales Museo
de Arte Moderno de Buenos Aires (UPEMAM) y el Museum für Moderne Kunst
Frankfurt (MMK), y forma parte del programa “The Global Museum“ financiado en parte
por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Fundación Cultural
Federal de la República Federal de Alemania;
Que luego de la finalización de la exposición en Buenos Aires, y ante la necesidad de
poder realizar las tareas inherentes a la devolución de los préstamos según
estándares internacionales de las prácticas museísticas es menester el pago del
servicio contratado;
Que la empresa DELMIRO MENDEZ E HIJO S.A. es la única empresa en nuestro país
que trabaja siguiendo los estándares internacionales para el traslado de obras de arte
y que la misma se encuentra inscripta en el Registro Informatizado y Único
Permanente de Proveedores (RIUPP), siendo la elegida por las instituciones
internacionales para organizar y coordinar los trámites aduaneros, confeccionar los
cajones adecuados para el transporte de obras de arte y supervisar las gestiones de
transporte tanto aéreo como terrestre.
Que mediante el Decreto N° 433/16, se estableció un régimen para hacer frente a
aquellos gastos de imprescindible necesidad tendientes a asegurar la prestación de
servicios que, por la celeridad con que deben llevarse a cabo, no pueden ser
gestionados a través de los procedimientos vigentes en materia de compras y
contrataciones;
Que en atención a lo expuesto resulta necesario aprobar el gasto por el servicio antes
mencionado, mediante lo establecido en el Decreto Nº 433/2016;
Que se han previsto los fondos necesarios para hacer frente a la erogación respectiva;
Que de acuerdo a lo dispuesto en la Disposición N° 49-DGC-08, se adjunta el Anexo
que pasa a formar parte de la presente norma;
Por ello, de acuerdo con las determinaciones establecidas en el Decreto N° 433/2016
(BOCBA N° 4.941), y con lo normado por la Ley N° 2.095/2006 (BOCBA N° 2.557):
“LA TITULAR DE LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES
DEL MUSEO DE ARTE MODERNO"
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5607 - 30/04/2019

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