Disposición Nº 7/2012

Fecha de disposición14 Agosto 2012
Fecha de publicación28 Agosto 2012
SecciónDisposiciones

Bs. As., 14/8/2012

VISTO los Decretos Nº 1187/2012, 1188/2012, 1189/2012, 1190/2012 y 1191/2012, y

CONSIDERANDO:

Que el día 19 de julio de 2012 entraron en vigencia los Decretos citados en el Visto, por medio de los cuales se establecen políticas homogéneas de contratación para el pago de haberes, adquisición de automóviles, provisión de combustibles y lubricantes, compra de pasajes aéreos y contratación de telefonía celular móvil, radio y transferencia de datos.

Que entre los objetivos de las medidas adoptadas se encuentran el de efectuar contrataciones públicas más eficientes y económicas, propiciando los convenios interadministrativos, como forma de realizar un uso más eficiente de los recursos públicos, o bien la celebración de acuerdos marco, que permitan obtener mejores condiciones de contratación.

Que la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, como órgano rector del Sistema de Contrataciones de Bienes y Servicios de la Administración Pública Nacional tiene, entre sus competencias, la función de ejercer la supervisión y la evaluación de la operatividad de dicho sistema y de proponer políticas de contratación.

Que a efectos de instrumentar políticas de acción conjunta, corresponde que las entidades y jurisdicciones comprendidas en el ámbito de aplicación de los Decretos citados en el Visto remitan información sobre el estado de sus contrataciones vigentes y sobre las prestaciones requeridas para el cumplimiento de sus objetivos institucionales.

Que ha tomado la debida intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES tiene facultades para solicitar información a las entidades y jurisdicciones del Sector Público Nacional, en función de las competencias conferidas por el artículo 23 inciso a) del Decreto Nº 1023/2001.

Que la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES depende jerárquicamente de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades de avocación que le corresponden a ésta Subsecretaría conforme lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO

DE TECNOLOGIAS DE GESTION

DISPONE:

ARTICULO 1°

— Instrúyese a las entidades y jurisdicciones comprendidas en los ámbitos de aplicación de los Decretos Nº 1187/2012, 1188/2012, 1189/2012, 1190/2012 y 1191/2012 a remitir la información indicada para cada supuesto en los Anexos I a V de la presente, dentro de los QUINCE (15) días siguientes a su entrada en vigencia, ingresando por intermedio de los agentes que tengan usuario y contraseña a la página de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES www.argentinacompra.gob.ar con el perfil “Organismo” y utilizando los formularios electrónicos que se encuentren en el link “Programa de Ordenamiento”.

ARTICULO 2°

— Las entidades y jurisdicciones que deban remitir la información mencionada en el artículo anterior, y no cuenten con agentes que tengan usuario y contraseña para ingresar a la página de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES con...

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