Disposición N° 180/GCABA/DGPDT/08

FirmantesSiseles
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Protección del Trabajo
Fecha de la disposición15 de Abril de 2008

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN DEL TRABAJO

DISPOSICIÓN N° 180/ GCABA/ DGPDT/ 08

CREA LA COORDINACIÓN DE INSPECCIONES EN NORMATIVA LABORAL Y RÉGIMEN LEY 12.713

Buenos Aires, 15/04/2008

VISTO la Ley N° 265, la Ley N° 25.212, el Decreto N° 2075-GCBA-2007 y la Disposición N° 1141-DGDPT-2007, y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 265 establece las competencias de la autoridad administrativa del trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el art. 6° de la norma citada establece que la función inspectora será desempeñada por funcionarios del cuerpo de inspectores de trabajo de la ciudad de buenos aires, el cual estará integrado por agentes especialmente capacitados para el desempeño de la función;

Que el Decreto N° 2075-GCBA-2007 aprobó la nueva estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en lo que concierne a la Dirección de Protección del Trabajo dicho decreto ratificó las competencias asignadas originalmente por el Decreto N° 350-GCBA-06;

Que por Disposición N° 1141-DGDPT-2007 se dispuso, provisoriamente y hasta tanto se estableciera por decreto del Poder Ejecutivo la estructura definitiva, la organización funcional y operativa de la Dirección de Protección del Trabajo;

Que en el art. 6° de dicha norma se dispuso la creación de las Coordinaciones de Inspección de Normativa Laboral e Inspección de Trabajo a Domicilio;

Que por su parte el Anexo I/5 estableció las funciones de ambas coordinaciones;

Que en atención a obtener una más expeditiva y práctica implementación de los programas a cargo de ambas coordinaciones resulta imperioso efectuar modificaciones en dichas funciones y el personal a cargo de las mismas;

Que en orden a lo expuesto es necesario proceder a la unificación de ambas coordinaciones quedando dichas funciones a cargo de un coordinador;

Que el diseño orgánico de la Dirección General de Protección del Trabajo, con el complejo de atribuciones y funciones que de ella se derivan; determina las facultades del dictado de la presente disposición

Que resulta imperativo asegurar el normal desenvolvimiento administrativo y técnico de todas las unidades funcionales dependientes de la Dirección;

Que, por otra parte, si bien existe una coordinación de Asuntos Jurídicos, las funciones de ésta se limitan, específicamente, a la tramitación de los...

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