Disposición N° 39-DGTALPG/18

EmisorProcuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición16 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 39/DGTALPG/18
Buenos Aires, 5 de abril de 2018
VISTO:
La Ley Nº 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666), los Decretos Nº 42/GCABA/2002,
433/GCABA/2016, Nº 400/GCABA/2017 y Nº 54/GCABA/2018, las Resoluciones Nº
832/PG/2003, Nº 180/PG/2006 y Nº 2944/MHGC/2016, y el EE Nº 6911842/PG/2018,
y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 6 del Decreto Nº 42/GCABA/2002, modificado por su similar Nº
54/GCABA/2018, establece que la Administración podrá reintegrar aquellos gastos
útiles realizados por los mandatarios para identificar al demandado o su domicilio,
realizar intimaciones en extraña jurisdicción y ejecutar sentencias;
Que el Decreto Nº 433/GCABA/2016 establece los niveles de decisión y cuadro de
competencias complementarias correspondientes a los actos de ejecución
presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad
de Buenos Aires, de acuerdo al artículo 4 de la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley
N° 5.666);
Que el referido Decreto faculta a funcionarios para autorizar pagos, reintegros de
gastos, devoluciones de impuestos, derechos, tasas y multas, así como aprobar
liquidaciones de haberes, transferencias de fondos y gastos descentralizados
operativamente;
Que, a su vez, mediante Resolución Nº 2944/MHGC/2016 se aprueba la
reglamentación aplicable a los trámites de reintegro de gastos encuadrados en el
Punto 2 del Anexo I del precitado Decreto;
Que, conforme la mentada Resolución, el trámite de reintegro de gastos exige, en
forma previa a su autorización, el dictado del "acto administrativo de aprobación del
gasto emitido por el máximo responsable de la repartición solicitante";
Que por Resolución Nº 832/PG/2003, modificada por su similar Nº 180/PG/2006, se
reglamenta el procedimiento de pago del reintegro de gastos que prevé el Decreto Nº
42/GCABA/2002, modificado por su similar Nº 54/GCABA/2018;
Que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1 y 2 de dicha norma, mediante RE-
2018-6915578-PG, obrante en el EE Nº 6911842/PG/2018, el Dr. Luis Alberto
Ravagnan (DNI N° 13.995.324, CUIT N° 20-13995324-0), mandatario fiscal del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha presentado solicitud de
reintegro de gastos correspondientes a las erogaciones efectuadas en el mes de
febrero del corriente año, encontrándose agregados los respectivos comprobantes en
el registro de referencia;
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto Nº 42/GCABA/2002,
modificado por su similar Nº 54/GCABA/2018, la Dirección General Asuntos Tributarios
y Recursos Fiscales, mediante PV-2018-7024706-DGATYRF, ha verificado que los
conceptos cuyo reintegro tramita por las presentes actuaciones se encuentran
comprendidos entre los gastos indicados en dicho articulado;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5354 - 16/04/2018

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