Disposición N° 39/DGIUR/20

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición16 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 39/DGIUR/20
Buenos Aires, 13 de enero de 2020
VISTO: La Ley Nº 6099, El Decreto N° 99/GCABA/2019 y el Expediente N° 2019-
30.238.521-GCABA-SSREGIC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar
los usos "500.166 Taller de corte de vidrios y espejos. Puede incluir taller de marcos y
exposición y venta y 500.261 Fabricación de productos de madera n.c.p.; fabricación
de artículos de corcho, paja y materiales trenzables", en el predio sito en la calle
Constitución N° 2353/57/61, SS, PB, EP, 1º, 2º piso y Azotea;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
39416814/DGIUR/2019 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuno el dictado del acto administrativo que autorice desde el
punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización de los usos solicitado en el
Expediente de referencia, dejando constancia que se deberá cumplir con la normativa
vigente que resulte de aplicación y que no haya sido expresamente contemplada en la
presente;
Que para arribar a dicha conclusión, se analizó en el aludido informe que el predio en
cuestión se encuentra emplazado en el Área de Renovación Urbana linderas a
Autopistas (RUA) y en el Área de Alta Mixtura de Usos del Suelo (4), (Conforme
artículo 7.2.11.2) del Código Urbanístico (CUr);
Que por ello, en virtud de la documentación presentada, lo solicitado por el
peticionante y del análisis realizado por la mencionada Gerencia Operativa Usos del
Suelo se considera oportuno acceder a la localización de los usos "500.166 Taller de
corte de vidrios y espejos. Puede incluir taller de marcos y exposición y venta y
500.261 Fabricación de productos de madera n.c.p.; fabricación de artículos de
corcho, paja y materiales trenzables";
Que los usos solicitados se encuentran contemplados en el Cuadro de Actividades
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5781 - 16/01/2020

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