Disposición N° 382/DGIUR/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición 5 de Abril de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 382/DGIUR/19
Buenos Aires, 28 de marzo de 2019
VISTO:
El Expediente Nº 7.948.797/2019 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso "Servicio gastronómico", en el local ubicado en la calle Agüero Nº
2502, Piso 1º, "Biblioteca Nacional", que ocupa una superficie a habilitar de 99,4m², y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión, se encuentra localizado en el Área 7.2.4. Urbanización
Parque (UP) del Código Urbanístico, Ley Nº 6.099 y se encuentra Catalogado con
Nivel de Protección Estructural, según Ley Firme Nº 517 con fecha 09/11/2000
publicada en el Boletín Oficial Nº 1104 del 05/01/2001;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
9326673-DGIUR- 2019, en virtud de lo solicitado, informa que:
a. La normativa vigente establecida en el Código Urbanístico Ley Nº 6.099, El
Parágrafo 7.2.4. Urbanización Parque (UP) "Las Urbanizaciones Parque son áreas
destinadas a espacios verdes y parquización de uso público. Se delimitan según
Planchetas de Edificabilidad y Usos. En estas Áreas el Gobierno de la Ciudad podrá
autorizar obras de exclusiva utilidad pública que complementen y no alteren el carácter
de las Urbanizaciones Parque". El Parágrafo 9.1.3.2.2. Protección Especial Edilicia "b.
Protección estructural: Se encuentran afectados a este nivel aquellos edificios de
carácter singular y tipológico, que por su valor histórico-cultural, arquitectónico,
urbanístico o simbólico caracterizan su entorno o califican un espacio urbano o son
testimonio de la memoria de la comunidad. Protege el exterior del edificio, su tipología,
los elementos básicos que definen su forma de articulación y ocupación del espacio,
permitiendo modificaciones que no alteren su volumen".
b. La normativa vigente establecida en el Código de Edificación -Ley Nº 6100 El
Capítulo 3.2 Preservación Patrimonial "La salvaguarda y puesta en valor de los
inmuebles incluidos en el Catálogo de Inmuebles con Valor Patrimonial consignado en
la normativa urbanística vigente imponen la obligación de proteger y ordenar las
conductas de los habitantes en función de la preservación del patrimonio de la ciudad
y los elementos contextuales que contribuyen a su valoración. Toda intervención que
se realice en inmuebles protegidos debe ser evaluada y visada por el organismo
competente";
Que de la observación de la totalidad de la documentación adjunta se informa:
a. Se trata de una parcela sita en la manzana circunscripta por la calle Agüero, la Av.
del Libertador, la calle Austria y la Av. Gral. Las Heras (S015- M096-001).
b. La superficie que se pretende habilitar es de 99,4m².
c. El motivo de la consulta es para el visado de un espacio destinado al "Servicio
gastronómico" en el 1º Piso de la Biblioteca Nacional, la cual se emplaza en el corazón
del espacio verde, afectado al Distrito UP y se encuentra sujeto a catalogación con
nivel de protección Estructural;
Que el Capítulo 3.1. Usos del Suelo Urbano y su Clasificación, establece "...En el
Cuadro de Usos del Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías, Descripciones y
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5592 - 05/04/2019

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