Disposición Nº 38/GCABA/DGAODEP/16

FirmantesValdez
EmisorDIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN Y ORGANIZACIÓN DEPORTIVA

VISTO:

La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.454), los Decretos N° 1145/09 y N°

95/14 y sus modificatorios, N° 363/15 y modificatorios, las Disposiciones N° 29-

DGADMDEP/16, N° 396-DGCYC/14, el Expediente Electrónico N° 23854840-

DGADMDEP/16, y

CONSIDERANDO:

Que por el actuado citado en el Visto, tramita la Licitación Pública N° 9611-1315-

LPU/16, mediante la modalidad de Orden de Compra Abierta, a través del sistema de

compras electrónicas Buenos Aires Compras (BAC), cuyo objeto es la contratación del

Servicio de Provisión de Medicamentos e Insumos Médicos para los Polideportivos de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y personal afectado al desarrollo de la misma, al

amparo de lo establecido por en los artículos 31, 32 y 40 de la Ley N° 2.095 (texto

consolidado por Ley N° 5454), sus Decretos Reglamentarios N° 1145/09 y N° 95/14 y

sus modificatorios, con destino a la Dirección General Infraestructura Deportiva de la

Subsecretaría de Deportes dependiente de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano de

la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que como antecedente del caso, es dable poner de resalto que, mediante Disposición

N° 29-DGADMDEP/16, se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares

y de Especificaciones Técnicas de la presente contratación, estableciéndose el

Presupuesto Oficial en la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS OCHENTA Y

CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA ($1.384.840.-);

Que asimismo, mediante el mentado acto administrativo se dispuso el llamado a

Licitación Pública mediante el sistema de compras electrónicas BAC, fijándose como

fecha de Apertura Ofertas el día 22 de noviembre de 2016 a las 15:00 horas, así como

también se designó a los miembros de la Comisión Evaluadora de Ofertas que habría

de intervenir en el procedimiento licitatorio que nos ocupa;

Que en ese sentido, la precitada Disposición y el correspondiente aviso de llamado a

Licitación Pública han sido debidamente publicados en el sitio oficial de Internet del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el Boletín Oficial de la Ciudad

de Buenos Aires, conforme lo normado por los artículos 99 y 100 de la Ley N° 2.095

(texto consolidado Ley N° 5.454), sus Decretos Reglamentarios N° 1145/09, 95/14 y

sus modificatorios, cursándose asimismo las notificaciones estipuladas en el artículo

93 del Anexo I del Decreto N° 95/14;

Que tal como luce en el Acta de Apertura emitida a través del Portal de Buenos Aires

Compras (BAC), el día 22 de noviembre de 2016 se recibieron un total de seis (6)

ofertas, correspondientes a las firmas RAUL JORGE POGGI (20-08336759-9),

FARMACIA SANTA CATALINA S.R.L. (30-60644327-3), ALPHA MEDICAL GROUP

S.R.L. (30-71187571-2), CONMIL S.R.L. (30-66115333-0), STORING INSUMOS

MEDICOS S.R.L. (30-70887571-2), ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. (30-65687578-6);

Que en este estado, la Comisión Evaluadora de Ofertas, mediante su Acta N° 1 de

fecha 30 de noviembre del corriente año, solicitó a la Unidad Operativa de

Adquisiciones de la Vicejefatura de Gobierno que requiriera a los oferentes

información complementaria y aclaratoria de sus propuestas con el objeto de su

evaluación, en un todo de acuerdo a lo establecido por el artículo 29 del Pliego de

Bases y Condiciones Particulares que rige el presente procedimiento;

Que practicada la intimación aludida, los Oferentes procedieron a acompañar la

documentación requerida en legal tiempo y forma;

Que en este contexto, con fecha 13 de diciembre de 2016, la Comisión de Evaluación

de Ofertas emitió su dictamen fundado, verificando el cumplimiento de los requisitos

exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones licitatorios;

Que en el mentado dictamen, la Comisión Evaluadora de Ofertas estableció que

atento a que los Oferentes RAUL JORGE POGGI (Oferta N° 1), ALPHA MEDICAL

GROUP S.R.L (Oferta N° 3) y CONMIL S.R.L. (Oferta N° 4) no presentaron la garantía

de oferta requerida en el artículo 19 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares

licitatorio, lo expuesto constituye un requisito no subsanable, por lo que estima

pertinente rechazar dicha propuesta, en los términos del artículo 106 inciso c) de la

Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454);

Que por su parte, en el aludido Dictamen aconsejó la adjudicación a la firma

FARMACIA SANTA CATALINA S.R.L. (30-60644327-3) de los Renglones N° 1 por el

monto máximo total de PESOS SETECIENTOS DOCE ($ 712.-), N° 2 por el monto

máximo total de PESOS SETECIENTOS UNO ($701.-), N° 3 por el monto máximo

total de PESOS OCHOCIENTOS DIECINUEVE ($ 819.-), N° 4 por el monto máximo

total de PESOS DIEZ MIL QUINIENTOS ($ 10.500.-), N° 5 por el monto máximo total

de PESOS DOSCIENTOS ($ 200.-), N° 6 por el monto máximo total de PESOS

DOSCIENTOS ($ 200.-), N° 7 por el monto máximo total de PESOS DOSCIENTOS

SESENTA Y NUEVE ($ 269.-), N° 8 por el monto máximo total de PESOS MIL

SEISCIENTOS VEINTE ($ 1620.-), N° 9 por el monto máximo total de PESOS MIL

SEISCIENTOS VEINTE ($ 1.620.-), N° 12 por el monto máximo total de PESOS MIL

SETECIENTOS OCHENTA ($ 1.780.-), N° 13 por el monto máximo total de PESOS

DOCE MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE ($ 12.579.-), N° 14 por el monto

máximo total de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES ($ 4.293.-),

N° 15 por el monto máximo total de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y UNO CON

70/100 ($ 671,70.-), N° 16 por el monto máximo total de PESOS CUATRO MIL

CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS ($ 4.432.-), N° 17 por el monto máximo total de

PESOS NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE ($ 989.-), N° 18 por el monto máximo

total de PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA CON 40/100 ($ 880,40.-), N° 19 por el

monto máximo total de PESOS MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE CON 80/100 ($

1.927,80.-), N° 20 por el monto máximo total de PESOS MIL DOSCIENTOS SESENTA

($ 1.260.-), N° 21 por el monto máximo total de PESOS OCHO MIL SETECIENTOS

CUARENTA Y UNO CON 70/100 ($ 8.741,70.-), N° 22 por el monto máximo total de

PESOS QUINIENTOS ($ 500.-), N° 23 por el monto máximo total de PESOS TREINTA

Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($ 36.950.-), N° 24 por el monto máximo

total de PESOS TRECE MIL DOSCIENTOS TREINTA ($ 13.230.-), N° 25 por el monto

máximo total de PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS ($ 4.800.-), N° 26 por el

monto máximo total de PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000.-), N° 27 por el monto

máximo total de PESOS DOS MIL CIENTO SESENTA ($ 2.160.-), N° 28 por el monto

máximo total de PESOS DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS ($ 18.400.-), N° 29 por

el monto máximo total de PESOS TRECE MIL CUATROCIENTOS SESENTA ($

13.460.-), N° 30 por el monto

máximo total de PESOS SIETE MIL CUATROCIENTOS ($ 7.400.-), N° 31 por el monto

máximo total de PESOS MIL SETECIENTOS...

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