Disposición N° 38/DGPCUL/18

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición27 de Julio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 38/DGPCUL/18
Buenos Aires, 19 de julio de 2018
VISTO:
la Disposición N° 34/DGPCUL/18, la Disposición Nº 37/DGPCUL/18 y
CONSIDERANDO:
Que por Disposición N° 34/DGPCUL/18 se convocó a personas humanas y jurídicas
que se hayan inscripto en el Programa “Barrios Creativos“ y/o estén participando de
los foros como actores culturales, que tengan domicilio y/o realicen su actividades en
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a participar de la convocatoria de modalidad
ventanilla abierta, para el Fortalecimiento de eventos y actividades culturales barriales,
conforme los requisitos expuestos en las Bases y Condiciones Anexo I;
Que en el Anexo I N° 18859635-DGPCUL-2018, que a todos sus efectos forma parte
integrante de la mencionada norma, se incurrió en un error involuntario, en el punto 4
Inscripción, subtítulo Metodología, se estableció que "el interesado debe ingresar por
Mesa de Entradas de la Dirección General Promoción Cultural, sita en Avda. de Mayo
757, siendo que la dirección correcta es Avda. de Mayo 575";
Que por lo expuesto, corresponde el dictado del presente acto administrativo con el fin
de subsanar el fallo;
Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL DE PROMOCIÓN CULTURAL
DISPONE:
Artículo 1° - Déjese sin efecto la Disposición Nº 37/DGPCUL/18 por contener un error
material.
Artículo 2° - Rectifíquese el Anexo I N° 18859635-DGPCUL-2018 - Bases y
Condiciones, que a todos sus efectos forma parte integrante de la Disposición N°
34/DGPCUL/18, el cual deberá quedar redactado de la siguiente forma: "Para
cumplimentar la inscripción, el interesado debe ingresar por Mesa de Entradas de la
Dirección General Promoción Cultural, sita en Avda. de Mayo 575, 3° piso, oficina 306
de esta ciudad autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 11 a 15
horas, en soporte papel, la documentación (...).
Artículo 3°: Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Scillama
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5423 - 27/07/2018

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