Disposición Nº 378/GCABA/DGCONT/15
Firmantes | Naveiro |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | DirecciÓN General de Control |
Fecha de la disposición | 1 de Junio de 2015 |
VISTO:
Los términos de la Ordenanza N° 36.352, el Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el
Expediente N° 2028207-2011, y
CONSIDERANDO:
Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de reinscripción en
el Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y
Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto
Reglamentario N° 8.151/80, oportunamente presentada por Javier Maria Crespo, con
domicilio en la Av. Pres. Roque Saenz Peña 628 P2° UF 7, de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que, el solicitante acredita la habilitación del local denunciado bajo los rubros Empresa
de Limpieza de Edificios, Empresa de Desinfección y Desratización, Empresa de
Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua potable otorgada por el expediente N°
59713/05 a nombre de Javier Maria Crespo;
Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa a Carlos
Alberto Mengoli, D.N.I. N° 12.045.413, de profesión Ingeniero Agrónomo, quien se
encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de
Desinfección y Desinfestación, bajo el N° 1341;
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la
pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos
2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto N° 8.151/80;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 269 se ha acompañado el
Certificado N° 3435 del cual surge que Javier Maria Crespo, no registra anotaciones
en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que, en cumplimiento del Art. 9 Dto. 8151 MCBA/80 todo medio informático o
documento de la empresa destinada al usuario debe contener en forma destacada que
pueda formular sus quejas, denuncias, sugerencias, etc. ante la Dirección General de
Control Ambiental, sita en la intersección de Castañares y Escalada;
Que, de la inspección realizada al local en que se desarrollará la actividad surge que el
mismo reúne condiciones reglamentarias;
Que, se han cumplido todos los requisitos establecidos por la reglamentación en
relación a la solicitud de reinscripción.
Por ello, en uso de las...
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