Disposición Nº 37/GCABA/SGISSP/15
Firmantes | Lechuga |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | SecretarÍA General del Instituto Superior de Seguridad PÚBlica |
Fecha de la disposición | 24 de Agosto de 2015 |
VISTO:
La Ley N° 2.095, el Decreto N° 556/10 y su modificatorio N° 752/10, la Providencia N°
21343142/SGISSP/15, la Nota N° 21333640/SGISSP/15, el Expediente Electrónico N°
19425176/MGEYA/SGISSP/15, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Expediente citado en el Visto, tramita el reconocimiento de gasto
originado en la contratación del servicio de adecuación del software "Admin Acces"
utilizado para efectuar el control de acceso al Instituto Superior de Seguridad Pública;
Que por medio de la Nota N° 21333640/SGISSP/2015, el Sr. Director de Recursos
Humanos del Instituto Superior de Seguridad Pública, puso en conocimiento de esta
Instancia que la contratación del mencionado servicio no ha podido ser demorada ya
que el mismo es fundamental para poder tomar las fichadas del personal, como así
también a efectos de dar cumplimiento a lo requerido por la Auditoría Interna del
Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que en la citada nota, se deja constancia que dicho servicio consistió en la adecuación
del software necesaria a fin de que los relojes tomen las fichadas en cualquier reloj,
determinando que la primera del día es de ingreso y la ultima de egreso, que los
horarios tengan formato de veinticuatro (24) horas, poder ingresar fichadas
manualmente y que quede registrado en el histórico, pedir el Log a los relojes que
estén funcionando Off-Line, por ejemplo en caso de que pierdan la comunicación con
el servidor, modificar los reportes para que listen todas las zonas juntas, y que esté en
condiciones de arrojar reportes de personas ausentes;
Que la aprobación del gasto que se propicia, corresponde a la contratación de un
servicio cuya prestación no admitió dilación alguna, circunstancia que impidió su
contratación mediante los procedimientos establecidos en la Ley N° 2095 y su
modificatoria;
Que en atención a ello, se requirieron tres (3) presupuestos de distintas empresas del
rubro, extremo que satisface la exigencia establecida por el inciso b) del Artículo 2 del
Decreto N° 556/10, siendo que de las cotizaciones efectuadas, la realizada por la
empresa TLDLAB S.R.L. (CUIT 30-71165370-4) resultó ser la más Conveniente para
los intereses del Gobierno de La...
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