Disposición Nº 37/GCABA/SGISSP/15

FirmantesLechuga
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSecretarÍA General del Instituto Superior de Seguridad PÚBlica
Fecha de la disposición24 de Agosto de 2015

VISTO:

La Ley N° 2.095, el Decreto N° 556/10 y su modificatorio N° 752/10, la Providencia N°

21343142/SGISSP/15, la Nota N° 21333640/SGISSP/15, el Expediente Electrónico N°

19425176/MGEYA/SGISSP/15, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Expediente citado en el Visto, tramita el reconocimiento de gasto

originado en la contratación del servicio de adecuación del software "Admin Acces"

utilizado para efectuar el control de acceso al Instituto Superior de Seguridad Pública;

Que por medio de la Nota N° 21333640/SGISSP/2015, el Sr. Director de Recursos

Humanos del Instituto Superior de Seguridad Pública, puso en conocimiento de esta

Instancia que la contratación del mencionado servicio no ha podido ser demorada ya

que el mismo es fundamental para poder tomar las fichadas del personal, como así

también a efectos de dar cumplimiento a lo requerido por la Auditoría Interna del

Ministerio de Justicia y Seguridad;

Que en la citada nota, se deja constancia que dicho servicio consistió en la adecuación

del software necesaria a fin de que los relojes tomen las fichadas en cualquier reloj,

determinando que la primera del día es de ingreso y la ultima de egreso, que los

horarios tengan formato de veinticuatro (24) horas, poder ingresar fichadas

manualmente y que quede registrado en el histórico, pedir el Log a los relojes que

estén funcionando Off-Line, por ejemplo en caso de que pierdan la comunicación con

el servidor, modificar los reportes para que listen todas las zonas juntas, y que esté en

condiciones de arrojar reportes de personas ausentes;

Que la aprobación del gasto que se propicia, corresponde a la contratación de un

servicio cuya prestación no admitió dilación alguna, circunstancia que impidió su

contratación mediante los procedimientos establecidos en la Ley N° 2095 y su

modificatoria;

Que en atención a ello, se requirieron tres (3) presupuestos de distintas empresas del

rubro, extremo que satisface la exigencia establecida por el inciso b) del Artículo 2 del

Decreto N° 556/10, siendo que de las cotizaciones efectuadas, la realizada por la

empresa TLDLAB S.R.L. (CUIT 30-71165370-4) resultó ser la más Conveniente para

los intereses del Gobierno de La...

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