Disposición N° 37-DGPOLEA/17

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición29 de Enero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2017 Año de las Energías Renovables"
DISPOSICIÓN N.° 37/DGPOLEA/17
Buenos Aires, 13 de diciembre de 2017
VISTO:
La Ley N° 2.628 (texto consolidado por Ley N° 5.666), las Resoluciones N°
67/APRA/11 y su modificatoria N° 422/APRA/12, N° 418/APRA/14, N° 427/APRA/14,
N° 181/APRA/17 y N° 189/APRA/17, la Disposición N° 11/DGEAMB/17, el Expediente
Electrónico N° EX-2015-24677742-MGEYA-DGEAMB, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley N° 2.628 (texto consolidado por Ley N° 5.666) se creó la
Agencia de Protección Ambiental como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio
de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyo objeto
consiste en la protección de la calidad ambiental a través de la planificación,
programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la Política
Ambiental de la Ciudad;
Que para la consecución de su objeto la Agencia se encuentra facultada para
promover la utilización de tecnologías limpias y la implementación de sistemas de
gestión ambiental, detentando dentro de sus herramientas de gestión ambiental la
elaboración e implementación de planes de producción limpia;
Que en este sentido, mediante la Resolución N° 67/APRA/11 -modificada por la
Resolución N° 422/APRA/12- se creó el "Programa Buenos Aires Produce más Limpio
(P+L)", con el objeto de mejorar el desempeño y la gestión ambiental de los
establecimientos industriales o de servicios, promoviendo la adopción de tecnologías,
procesos y servicios que permita armonizar de manera eficiente el crecimiento
económico y social con la protección del ambiente, a los efectos de garantizar el
desarrollo sustentable de las actividades que se desarrollen en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que asimismo, a través de la Resolución mencionada, se establece el procedimiento a
seguir a efectos del diseño e implementación de los Planes de Mejora Ambiental por
parte de las empresas, fijando al mismo tiempo su metodología de monitoreo y
seguimiento;
Que posteriormente, por medio de la Resolución N° 418/APRA/14 -modificada por la
Resolución N° 427/APRA/14- se aprobó el "Certificado de Adhesión Hoteles y Hostels"
destinado a los establecimientos que presten servicios de alojamiento turístico
adheridos voluntariamente al "Programa Buenos Aires Produce más Limpio (P+L)" y
se creó el "Ecosello Hoteles y Hostels" dividido en 3 niveles: Nivel I Compromiso
(Color del distintivo: Amarillo), Nivel II Avanzado (Color del distintivo: Naranja) y Nivel
III Excelencia (Color del distintivo: Verde), conforme el grado de cumplimiento
alcanzado por cada establecimiento de acuerdo a lo exigido en el Anexo IV de la
mencionada Resolución;
Que en el Anexo IV de la Resolución citada se establece que para acceder al
"Ecosello Hoteles y Hostels Nivel II - Avanzado", la empresa debe haber accedido
previamente al Nivel I y cumplimentar al menos el 50% de las actividades incorporadas
en el Plan de Mejoras;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5304 - 29/01/2018

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