Disposición N 9/GCABA/DGEGRL/12

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General Estructuras del Gobierno y Relaciones Laborales
Fecha de la disposición25 de Abril de 2012

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL ESTRUCTURAS DEL GOBIERNO Y RELACIONES LABORALES

DISPOSICIÓN N 9/GCABA/DGEGRL/12SE RECHAZA EL CARÁCTER DE DELEGADO GREMIAL Y LA CONSECUENTE TUTELA SINDICAL A LOS AGENTES DESIGNADOS COMO DELEGADOS NORMALIZADORES EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE MUSEOS

Buenos Aires, 25 de abril de 2012

DISPOSICIÓN N.° 9/DGEGRL/12

Buenos Aires, 25 de abril de 2012

VISTO:

La Ley N° 23.551, el Decreto 468/88, la Resolución 255/03 MTEySS, el Decreto 660/2011 CABA, y el Expediente 835208/2012, y

CONSIDERANDO:

Que la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) ha notificado a la Dirección General de Museos los nombres de quienes habrían sido designados como "delegados normalizadores" de la entidad sindical por el termino de 90 días de acuerdo a lo dispuesto por su Consejo Directivo en fecha 20 de abril de 2012.

Que de acuerdo a lo que surge de la Resolución N° 2012/020 que fuera dictada por el Consejo Directivo de la ATE, la elección de los delegados normalizadores se encuentra fundamentada en "la necesidad de promocionar la afiliación y proceder a la organización de los trabajadores en la Dirección General de Museos Que la comunicación efectuada por la ATE designando a estos delegados ha sido realizada únicamente a la autoridad del Hospital Álvarez.

Que por el artículo 27 del Convenio Colectivo de Trabajo firmado entre ATE y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires las partes han acordado que en esta materia "la comunicación se realizará tanto al titular del área donde se realizaron las elecciones como al titular de la Secretaria de Recursos Humanos o el organismo que lo reemplace", siendo este último el organismo responsable de la presentación de las eventuales impugnaciones y quien tiene a su cargo los registros de personal y afiliados a los diferentes gremios, elementos indispensables para evaluar la procedencia de estas.

Que de acuerdo a lo establecido por la Ley 23.551, para que el dirigente sindical pueda gozar de protección gremial, es necesario que se haya dado cumplimiento al procedimiento y a la totalidad de los recaudos expresamente determinados por dicha norma y su Decreto reglamentario...

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