Disposición N 59/GCABA/DGCYC/12

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Compras y Contrataciones
Fecha de la disposición30 de Marzo de 2012

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

DISPOSICIÓN N 59/GCABA/DGCYC/12SE APRUEBA LA RATIFICACIÓN, BAJA O CONSTITUCIÓN DE UNIDADES OPERATIVAS DE ADQUISICIONES

Buenos Aires, 30 de marzo de 2012

DISPOSICIÓN N.° 59/DGCYC/12

Buenos Aires, 30 de marzo de 2012

VISTO:

Las Leyes N° 2.095 y N° 4.013, los Decretos N° 754/08, N° 1.145/09 y N° 660/11, las Resoluciones N° 4.001/08, N° 596-MHGC/11, N° 1.160-MHGC/2011, N° 46/MHGC/2012 y el Expediente N° 2.355.426/2011, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2095 establece las normas básicas que contienen los lineamientos a observar en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires y las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos;

Que el artículo 16 de dicha Ley expresa que el Sistema de Compras y Contrataciones se organiza en función de los criterios de centralización normativa y descentralización operativa;

Que de igual modo su artículo 17, establece como órganos del mencionado Sistema, a un Órgano Rector y a las Unidades Operativas de Adquisiciones;

Que el Sistema de Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentra a cargo del Órgano Rector, cuyas funciones le son asignadas a esta Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda o la que en el futuro la reemplace;

Que las Unidades Operativas de Adquisiciones, corresponden a las áreas de contrataciones y adquisiciones que funcionan en cada una de las jurisdicciones y entidades de la Ciudad, las que tienen a su cargo la gestión de las contrataciones;

Que en virtud de los términos del artículo 17 del Decreto N° 754/08, reglamentario de la Ley de Compras, surge que "Cada Jurisdicción o entidad propondrá al Órgano Rector las Unidades Operativas de Adquisiciones que actuarán en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones. El Ministerio de Hacienda deberá autorizar su implementación dentro del plazo de 10 días contados a partir de la recepción de la propuesta...";

Que finalmente dicha reglamentación prohibió Ia contratación de bienes o servicios por quienes no se encuentren autorizados mediante el procedimiento establecido;.

Que conforme los lineamientos estipulados en el artículo 83 de la Ley N° 2.095, por Decreto N° 1.145/09 se implementó "el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos...

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