Disposición Nº 365/GCABA/DGSPR/17

FirmantesCocca
EmisorDIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA

VISTO:

Las Leyes N° 5688 (B.O. N° 5030) y 5723 (B.O. 5035) y la Disposicion N° 142-

DGSSP/2003, N° 156-DGSSP/2004, N° 276-DGSSP/2005 y N° 245- DGSP/2006, N°

352-DGSPR/2007,N° 324-DGSPR/2009, N° 271-DGSPR/2010, N° 361-DGSPR/2011,

N° 229-DGSPR/2013, N°357-DGSPR/2013, N° 109-DGSPR/2014 y la Carpeta

E159726, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Disposición N° 211-DGSPR/2016, la firma ALBOSA S.R.L., ha sido

habilitada en fecha 23/05/2016, por el término de dos años, para prestar servicios de

seguridad privada en las categorías establecidas por el Artículo 3°, Servicios sin

autorización de uso de armas de fuego: Punto 2, Incisos a), b), y, c), de la Ley 1913;

Que la interesada denunció con domicilio real y constituido en la calle Castillo N° 1333,

PB, ambos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; designando como su Director

Técnico al señor Horacio Edgardo Domenicone, D.N.I N° 08.357.522; en los términos

de los Art. 444 y 458, y concordantes, de la Ley 5688;

Que la firma de referencia solicitó la ampliación de su habilitación, a fin de que se la

autorice a prestar servicios en las categorías establecidas por el Artículo 439, Punto 1-

Servicios con autorización de uso de armas de fuego- Incisos a), y, b); de la Ley N°

5688;

Que la solicitante ha acreditado en forma fehaciente encontrarse inscripta como

Usuario Colectivo de Armas, conforme Certificado N° 217.927, con vencimiento en

fecha 01/10/2022, otorgado en Legajo N° 9760523;

Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación aportada por la solicitante,

surge que reúne los requisitos exigidos por la Ley N° 5688 para concederle la

ampliación de la habilitación en las categorías requeridas;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA

DISPONE

Artículo 1° Ampliar los términos de la Disposición N° 211-DGSPR/2016, autorizando

a la firma ALBOSA S.R.L., a prestar servicios de seguridad privada en las categorías

establecidas por la Ley N° 5688 en su Artículo 439, Punto 1- Servicios con

autorización de uso de armas de fuego- a) Los de custodias personales, mercaderías

en tránsito excepto el transporte...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR