Disposición N° 185/GCABA/MDUGC/07
Firmantes | Gilli |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman |
Emisor | Ministerio de Desarrollo Urbano |
Fecha de la disposición | 3 de Julio de 2007 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO
DISPOSICIÓN N° 185/ GCABA/ MDUGC/ 07
Se autoriza localización de usos
Buenos Aires, 03/07/2007
Visto que por Expediente N° 16.679/07 se consulta sobre la posibilidad de ampliación de superficie para los usos Casa de Lunch, Café-Bar, Despacho de Bebidas, Wisquería, Cervecería, Restaurante y Local de Baile Clase C como actividad complementaria, ya visados por esta Dirección General y el visado esquema de publicidad para los inmuebles sitos en la calle Balcarce 605 y en Balcarce 601 esquina México 302 y 308, con una superficie cubierta de 429,74 m2, y
CONSIDERANDO:
Que las fincas en cuestión se encuentran emplazadas en la Zona b del Distrito APH1;
Que a fs.61 obra copia del Informe N° 437-DGPINT/04, donde se visan los usos Casa de Lunch, Café Bar, Despacho de Bebidas, Whiskería, Cervecería y Local de música, canto y variedades como actividad accesoria;
Que a fs.12, obra copia de la Disposición N° 228-DGPINT/05 del 17 de agosto de 2005 se autorizaron para el local comercial sito en la calle Balcarce 605, planta baja y sótano, correspondiente al Distrito APH 1, los usos Restaurante y Local de Baile Clase C como actividad complementaria con una superficie cubierta de 311,85m², en las cuales se incluye el desarrollo de las demás actividades visadas por Informe N° 437-DGPINT/04;
Que a fs.37 y 38, se encuentra adosada una copia del contrato de locación entre el recurrente y el titular de la propiedad sita en Balcarce 605;
Que de fs.43 a fs.45, obra la copia del contrato de locación entre el recurrente y el titular de la propiedad sita en Balcarce 601;
Que de fs.32 a fs.36 se adjunta una copia de la Constitución de Servidumbre de Paso Recíproca entre los propietarios del inmueble sito en Balcarce 601 esquina México 302 y 308 y los propietarios del inmueble sito en Balcarce 605;
Que a fs.1, el recurrente adosa un plano donde consta la apertura en planta baja de vanos en el muro medianero compartido por ambos inmuebles;
Que, actualmente, el recurrente realiza una consulta sobre ampliación de la superficie para los usos ya visados a 429,74m2, toda vez que ha arrendado el inmueble lindante (Balcarce 601) y se ha constituido una servidumbre de paso recíproca entre ambas fincas;
Que a fs. 62 obra el Informe N° 2.637-DGIUR/07 donde se concluye que teniendo en cuenta que no ha habido variaciones...
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