Disposición N° 36/DGLTACDN/22

EmisorConsejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Fecha de la disposición19 de Julio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
DISPOSICIÓN N.º 36/DGLTACDN/22
Buenos Aires, 15 de julio de 2022
VISTO: Las Leyes N° 114 y N° 2.095 (textos consolidados por Ley Nº 6.347), el
Decreto Reglamentario Nº 74/21, las Resoluciones N° 2.624-MHGC/08 y N° 424-
GCABA-MHGC/13, la Disposición N° 167- GCABA-DGCYC/21, el Expediente
Electrónico Nº 24694365-GCABA-DGLTACDN/22, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley Nº 114 (texto consolidado por Ley Nº 6.347) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección e los derechos de
niñas, niños y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y
administrativa y autarquía financiera;
Que por la Resolución Nº 424-MHGC/13 se estableció que, a partir del 1° de agosto de
2013, las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley N° 2.095 (texto
consolidado por Ley N° 6.347) que realicen todas las jurisdicciones dependientes del
Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deben realizarse por medio
del Sistema Buenos Aires Compras (BAC);
Que por la Resolución N° 2.624-MHGC/08 se constituyó la Unidad Operativa de
Adquisiciones (UOA) de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes, estableciéndose que la misma se encuentra a cargo del/de la titular de
esta Dirección General Legal, Técnica y Administrativa;
Que por el Decreto Reglamentario Nº 74/21 se aprobó la reglamentación de la Ley Nº
2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347);
Que por la Disposición Nº 167-GCABA-DGCYC/21 se aprobó el Pliego Único de
Bases y Condiciones Generales para los procesos de compras y contrataciones;
Que por el Expediente Electrónico N° 24694365-GCABA-DGLTACDN/21 tramita la
Contratación Directa por Exclusividad N° 112-0948-CDI22, al amparo de lo establecido
en el artículo 28, inciso 5° de la Ley N°2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347),
para la contratación del servicio de mantenimiento de la certificación del Referencial
IRAM Nº 15:2019 -Auditoria de Seguimiento N° 2-, con destino a la Unidad de
Auditoría Interna (UAI) de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes, conforme lo requerido mediante NO-2022-21835688-GCABA-
UAICDNNYA;
Que mediante NO-2022-21835688-GCABA-UAICDNNYA, el titular de la UAI de este
Consejo informa que el Instituto Argentino de Normalización y Certificación (IRAM) es
el único representante argentino ante las organizaciones regionales de normalización,
siendo la única institución competente para el dictado de las normas válidas para el
Sistema Nacional de Normas, Calidad y Certificación en la República Argentina,
conforme el Decreto PEN Nº 1.474/94 y el convenio suscripto en 1995 con la entonces
Secretaría de Industria, Comercio y Minería de la Nación;
Que el servicio en cuestión no se encuentra incluido en ningún Convenio Marco de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6421 - 19/07/2022

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR