Disposición N° 1/GCABA/BNDG/08

FirmantesRosales
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección del Banco Nacional de Datos Genéticos
Fecha de la disposición11 de Enero de 2008

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN DEL BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS

DISPOSICIÓN N° 1/ GCABA/ BNDG/ 08

SE DEJA SIN EFECTO LO ADJUDICADO AL BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS. DESAFECTA DE LA PARTIDA DE PRESUPUESTO

Buenos Aires, 11/01/2008

Visto la Ley N° 2.095 (B.O.C.B.A. N° 2557), su Decreto Reglamentario N° 408/07 (B.O.C.B.A. N° 2658), y la Carpeta N° 90.970-MSGC/07, y

CONSIDERANDO:

Que, por la citada actuación tramita la contratación del suministro de material sanitario con destino al Banco Nacional de Datos Genéticos;

Que, por Disposición N° 26-BNDG/07 se aprobó la Licitación Pública N° 1.034/07;

Que, resultaron adjudicados los oferentes Lovob y Cía. S.A. $ 13.456,90; Química Erovne S.A. $ 885; Química Córdoba S.A. $ 1.043, ETC Internacional S.A. $ 8.197,75; Medi Sistem S.R.L. $ 5.845,12; por la suma total de pesos: veintinueve mil cuatrocientos veintisiete con setenta y siete centavos ($ 29.427,77);

Que, al no contar con la carpeta, la que a la fecha se encuentra en Ministerio de Salud -050- se vencieron los plazos de mantenimiento de ofertas;

Que, para remediar esta situación fueron solicitados a las empresas adjudicatarias la renovación de los mismos;

Que, las empresas Química Córdoba S.A. y Medi Sistem S.R.L., adjudicatarias de los renglones números: 1, 2 y 3 por $ 1.043 y 8, 9, 10, 14, 15, 16, 20 y 24 por $ 5.845,12 respectivamente no mantienen su oferta.

Que, se cuenta con el comunicado fehaciente de las empresas Química Córdoba S.A. y Medi Sistem S.R.L. sobre el no mantenimiento de la oferta;

Que corresponde dejar sin efecto lo adjudicado en los Renglones 1, 2 y 3 por $ 1.043 a Química Córdoba S.A. y en los Renglones 8, 9, 10, 14, 15, 16, 20 y 24 por $ 5.845,12 a Medi Sistem S.R.L.;

Que, por Resolución N° 1.226-MSGC/07, se designó al Banco Nacional de Datos Genéticos Unidad Operativa de Adquisiciones;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 3° del Decreto N° 408/07 (B.O.C.B.A. N° 2658), reglamentario de la Ley N° 2.095 (B.O.C.B.A. N° 2557) modificado por Decreto N° 1.740/07 (B.O.C.B.A. N° 2823),

EL DIRECTOR ADJUNTO DEL BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE:

Artículo 1°

Déjase sin efecto lo adjudicado en los Renglones números: 1, 2, 3, 8, 9, 10, 14, 15, 16, 20 y 24.

Artículo 2°

Desaféctese de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de...

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