Disposición N° 350/DGAR/22

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición 4 de Agosto de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 350/DGAR/22
Buenos Aires, 26 de julio de 2022
VISTO: La Ley N° 6.246, los Decretos N° 60-GCABA-AJG/21, N° 152-GCABA-AJG/21
y N° 204- GCABA-AJG/22, las Disposiciones Nros 2-GCABA-DGCCYA/2021 y 20-
GCABA-DGCCYA/22, el Expediente Electrónico Nº 24732882- GCABA-DGINFE/22, y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 6.246 establece el "Régimen de Contrataciones de Obra Pública" que
debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en todos los
contratos de obra pública que se celebren y/o ejecuten en la Ciudad;
Que, mediante el Decreto N° 60-GCABA-AJG/21 se aprobó la Reglamentación de la
mentada Ley de acuerdo al Anexo I que forma parte integrante del mismo;
Que, bajo lo previsto por la Ley N° 6.246, la Dirección General de Infraestructura
Escolar ha elaborado, dentro del ámbito de su competencia, un informe técnico en el
que señala la necesidad de realizar el programa plan de obras y proyectos de mejora
edilicia en el edificio de la Escuela de Comercio N°18 “Reino de Suecia” y E.E.M N°1-
D.E N °5 Comuna 4 -con sede en la calle Juan Carlos Gómez 253, Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que, en virtud de las conclusiones técnico presupuestarias citadas, el presupuesto
oficial para la realización de la obra es de fecha julio de 2022 y asciende a la suma de
PESOS SESENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL
OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES CON 93/100 ($ 64.382.833,93);
Que, por Disposición N° 2-GCABA-DGCCYA/2021, establece que se usará el sistema
BAC Obras como Sistema Electrónico para la tramitación de los procesos de
contratación de Obra Pública;
Que, mediante Disposición N° 20-GCABA-DGCCYA/2022, se establece que los
oferentes deberán estar inscriptos y tener usuario legitimado en el Registro
Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP) y conforme surge del
anexo que forma parte de la mencionada Disposición se instituyen en el pliego de
Bases y Condiciones Particulares los requisitos económico financieros mínimos a fin
de evaluar la Capacidad Económica Financiera al momento de la presentación de las
ofertas;
Que, la Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y de Administración de
Recursos ha brindado su conformidad con las presentes actuaciones;
Que, de acuerdo a lo mencionado ut supra y teniendo en cuenta el monto de la
presente, corresponde regir el presente llamado por el procedimiento de Licitación
Pública en los términos del Art. 22 de la Ley N° 6246 (Decreto reglamentario N°60-
GCABA-AJG/21), publicando por el término de diez (10) días con quince (15) de
anticipación a la fecha prevista para la apertura de ofertas, en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires , en el Portal Web de Contrataciones Electrónicas y en el sitio
de Internet www.buenosaires.gob.ar;
Que mediante el Decreto N° 204-GCABA-AJG/22, se aprobaron los niveles de
decisión y cuadro de competencias de los procedimientos de selección para la
contratación de Obra Pública correspondientes a las Licitaciones Públicas;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6433 - 04/08/2022

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