Disposición N° 35/DGOCME/19

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 6 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N35/DGOCME/19
Buenos Aires, 8 de agosto de 2019
VISTO: La Resolución Nº 6/MMGC/15 y el EE N° 2019-24758012-GCABA-DGOCME
y,
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 6/MMGC/15 se aprobó el Procedimiento General de Registro
de Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
comprendido en la Ley Nº 471 y en la Ordenanza N° 41.455;
Que en el artículo 6° del Anexo I de dicha Resolución se estableció que en los casos
de agentes que por razones de servicios desempeñen tareas fuera de su
dependencia, oficina o servicio, la Autoridad Superior de la repartición respectiva
deberá, mediante dictado de Acto Administrativo, eximir de la obligación de firmar la
Planilla de Registro de Asistencia o registrarse en el Sistema Informático de Control de
Asistencia;
Que en virtud de lo expuesto en el artículo mencionado ut supra, la vigencia de la
eximición, en todos los casos, tendrá como fecha límite el 31 de diciembre del año en
el cual fue otorgada;
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por la Resolución Nº 6/MMGC/15
LA DIRECTORA GENERAL
DE OBRAS COMUNALES Y MANTENIMIENTO EDILICIO
DISPONE:
Artículo 1°.- Exímase de firmar la Planilla de Registro de Asistencia o de registrarse en
el Sistema Informático de Control de Asistencia a la agente Daniel Oscar Firpo, CUIL
N° 20-12.581.260-1, de la Dirección General Obras Comunales y Mantenimiento
Edilicio, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Comunal de la Secretaría de
Atención y Gestión Ciudadana de Jefatura de Gabinete de Ministros, de conformidad
Anexo: N° IF-2019-24769286-DGOCME, que a todos sus efectos forma parte
integrante de la presente.
Artículo 2°.- Otórguese como periodo de vigencia de la eximición, desde el 5 de agosto
al 31 de diciembre de 2019, inclusive.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General Planificación y Control Operativo y a la Dirección
General Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del Ministerio
economía y finanzas. Cumplido, archívese. Águila
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5736 - 06/11/2019

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